Prestación del servicio de instalación y mantenimiento, así como arrendamiento de las instalaciones de iluminación artística para Navidad para el Ayuntamiento de Albacete. Expte. 88-2021
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete · Albacete, Castilla-La Mancha
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
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Órgano de contratación
Lotes y adjudicaciones
Resultado de la adjudicación
NIF: B73800633
109.998,00 €
Contrato (sin IVA)
con IVA: 133.097,58 €
Adj. 15 feb 2022
2 ofertas · 73.840,00 € – 109.998,00 €
Requisitos de participación
8Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Según pliego
7.2.- SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL: (Ver página 59 PCAP) 7.2.1.- EMPRESAS QUE NO SEAN DE NUEVA CREACIÓN: 7.2.1.A- Primer criterio:- Experiencia servicios ejecutados: A) Criterio: Experiencia en la realización de servicios del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato. B) Requisito mínimo: El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, dentro de los tres últimos años (2019, 2020 y 2021), debe ser igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato. Por tanto, en este caso, por cuantía de 77.000 €. C) Medio de acreditación: Relación de servicios del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato realizados en el curso de los tres últimos años en los que se indique el importe, la fecha y el destinatario público o privado de los mismos que se acreditarán mediante certificados expedidos a tal efecto. 7.2.1.B.- Segundo criterio:- Medios personales. a) Criterio: indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad. b) Requisito mínimo: Un técnico encargado del control de calidad. c) Medio de acreditación: Declaración responsable de los medios personales que dispondrá el licitador para la ejecución del contrato, con la titulación, experiencia en control de la calidad de las prestaciones objeto de los contratos que realicen y vinculación con la empresa 7.2.2.- EMPRESAS QUE SEAN DE NUEVA CREACIÓN (antigüedad inferior a cinco años): 7.2.2.A.- Un único requisito:- Medios personales. a) Criterio: indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad. b) Requisito mínimo: Un técnico encargado del control de calidad. c) Medio de acreditación....
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
SOLVENCIA: 7.1.- ECONÓMICA Y FINANCIERA: (Ver página 59 PCAP) A) Único criterio. Volumen de negocios: a) Criterio: Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de las actividades del empresario y de presentación de las ofertas. b) Requisito mínimo: Teniendo en consideración el mayor volumen de negocio del licitador, en los tres últimos ejercicios concluidos, uno de ellos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato, es decir, debe de ser al menos por la cuantía siguiente: 110.000 x 1,5 = 165.000 €. c) Medio de acreditación: Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales, no inscritos en el Registro mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios, mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. A efectos de la acreditación de este requisito será necesaria la certificación del registrador mercantil acreditativa de que las cuentas han sido depositadas en dicho organismo o nota simple informativa y, en este caso, deberá ser la de depósito de cuentas, sin que sirva otra distinta, como, por ejemplo, la de información general, conforme a la doctrina del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Resolución 315/2017, de 31 de marzo). d) Principales razones de la imposición de este requisito: En el artículo 87, apartado 3º, de la LCSP, se establece como criterio residual, cuando los pliegos no concreten los criterios y requisitos mínimos, el volumen anual de negocios, por lo que entendemos que su aplicabilidad es de carácter general en todo tipo de contrato, de ahí que se haya elegido dicho criterio y, siendo la cuantía proporcional –la misma—que el valor anual estimado del contrato.
Documentación Técnica
Documentación Legal
Documentación General
Este contrato en su contexto
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete acumula 601 licitaciones registradas en Licto. Sobre 590 licitaciones de este organismo con presupuesto publicado, la mediana es de 60.155,94 €. Esta convocatoria, con 110.000,00 €, queda por encima de esa cifra. Se adjudicó por 109.998,00 €, un 0,0 % por debajo del presupuesto de licitación. Cifras calculadas sobre el histórico procesado por Licto, que es parcial.
Cómo calculamos estas cifras →
Preguntas frecuentes
¿Cuántas licitaciones ha publicado Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete?
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete acumula 601 licitaciones registradas en Licto, a partir de los anuncios publicados en las fuentes oficiales que procesamos.
¿Es este presupuesto alto o bajo para Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete?
El presupuesto de licitación es de 110.000,00 €. La mediana de 590 licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete con presupuesto publicado en Licto es de 60.155,94 €.
¿Por cuánto se adjudicó esta licitación de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete?
El importe de adjudicación fue de 109.998,00 €, un 0,0 % por debajo del presupuesto de licitación.
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto