Servicio consistente en el desarrollo de actividades formativas, informativas y educativas en el Municipio de Albacete encaminadas al logro de los objetivos recogidos en el V Plan de Oportunidades entre mujeres y hombres de la ciudad de Albacete. Expte. 26-2023
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete · Albacete, Castilla-La Mancha
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
ProfesionalAnálisis detallado de licitaciones públicas
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Órgano de contratación
Criterios de adjudicación
1Criterios de evaluación
Lotes y adjudicaciones
Resultado de la adjudicación
NIF: B11431939
Contrato (sin IVA)
con IVA: 65.340,00 €
Adj. 31 ene 2024 · Form. 26 feb 2024 · Inicio 26 feb 2024
7 ofertas (6 PYME) · 54.000,00 € – 71.400,00 €
Requisitos de participación
8Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Según pliego
7.2.- SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL: Ver página 54 y 55 PCAP 7.2.1.- EMPRESAS QUE NO SEAN DE NUEVA CREACIÓN: 7.2.1.A. Primer criterio: Experiencia servicios ejecutados: A) Criterio: Experiencia en la realización de servicios o trabajos de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato. B) Requisito mínimo: El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, debe ser igual o superior al 50% de la anualidad media del contrato. Por tanto, en este caso, 36.562,18 € (73.124,36 € X 50%). C) Medio de acreditación: Relación de servicios del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato realizados en el curso de los tres últimos años en los que se indique el importe, la fecha y el destinatario público o privado de los mismos que se acreditarán mediante certificados expedidos a tal efecto. 7.2.1.B. Segundo criterio: Medios personales. A) Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato. B) Requisito mínimo: Las titulaciones académicas y/o profesionales de la mercantil licitadora deberán guardar relación directa con el objeto del contrato. C) Medio de acreditación: Declaración responsable de los medios personales que dispondrá la empresa licitadora para la ejecución del contrato, con las titulaciones y experiencia de estos y su vinculación con la empresa. 7.2.2.- EMPRESAS QUE SEAN DE NUEVA CREACIÓN (antigüedad inferior a cinco años): 7.2.2.A. Un único requisito: Medios personales. A) Criterio: Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato. B) Requisito mínimo: Las titulaciones académicas y/o profesionales de la mercantil licitadora deberán guardar relación directa con el objeto del contrato. C) Medio de acreditación: Declaración responsable de los medios personales que dispondrá la empresa licitadora para la ejecución del contrato, con las titulaciones y experiencia de estos y su vinculación con la empresa.
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
7.1.- ECONÓMICA Y FINANCIERA: Ver página 53 y 54 PCAP A) Criterio: Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de las actividades del empresario y de presentación de las ofertas. B) Requisito mínimo: Teniendo en consideración el mayor volumen de negocio del licitador, en los tres últimos ejercicios concluidos, uno de ellos deberá ser al menos una vez y medio el valor anual estimado del contrato, es decir, 109.802,02 € (73.124,36 € X 1,5) C) Medio de acreditación: Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales, no inscritos en el Registro mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios, mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. A efectos de la acreditación de este requisito será necesaria la certificación del registrador mercantil acreditativa de que las cuentas han sido depositadas en dicho organismo o nota simple informativa y, en este caso, deberá ser la de depósito de cuentas, sin que sirva otra distinta, como, por ejemplo, la de información general, conforme a la doctrina del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Resolución 315/2017, de 31 de marzo). D) Principales razones de la imposición de este requisito: En el artículo 87, apartado 3º, de la LCSP, se establece como criterio residual, cuando los pliegos no concreten los criterios y requisitos mínimos, el volumen anual de negocios, por lo que entendemos que su aplicabilidad es de carácter general en todo tipo de contrato, de ahí que se haya elegido dicho criterio.
Documentación Técnica
Documentación Legal
Documentación General
Este contrato en su contexto
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete acumula 601 licitaciones registradas en Licto. Sobre 590 licitaciones de este organismo con presupuesto publicado, la mediana es de 60.155,94 €. Esta convocatoria, con 73.124,36 €, queda por encima de esa cifra. Se adjudicó por 54.000,00 €, un 26,1 % por debajo del presupuesto de licitación. Cifras calculadas sobre el histórico procesado por Licto, que es parcial.
Cómo calculamos estas cifras →
Preguntas frecuentes
¿Cuántas licitaciones ha publicado Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete?
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete acumula 601 licitaciones registradas en Licto, a partir de los anuncios publicados en las fuentes oficiales que procesamos.
¿Es este presupuesto alto o bajo para Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete?
El presupuesto de licitación es de 73.124,36 €. La mediana de 590 licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete con presupuesto publicado en Licto es de 60.155,94 €.
¿Por cuánto se adjudicó esta licitación de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete?
El importe de adjudicación fue de 54.000,00 €, un 26,1 % por debajo del presupuesto de licitación.
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto