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licto.
Contratación del suministro de 300 escaleras para el uso del público en el Cementerio municipal Virgen de los Llanos de Albacete y de las pedanías de Argamasón, El Salobral y Santa Ana. Expte. 40-2022
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Ejecución

Contratación del suministro de 300 escaleras para el uso del público en el Cementerio municipal Virgen de los Llanos de Albacete y de las pedanías de Argamasón, El Salobral y Santa Ana. Expte. 40-2022

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete · Albacete, Castilla-La Mancha

223.125,00 €
Presupuesto sin IVA
2 años
Duración

Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: 995379X; Órgano de Contratación: Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete; Importe: 223125 EUR; Estado: PRE
Sector
Construcción
Tipo
Suministros · Abierto
CPV
44233000Escaleras
44481000Escaleras de plataforma
Ejecución
Albacete, Castilla-La Mancha · 2 años
Participación
Presentación: ElectrónicaGarantía: Garantía definitiva 5.00%Variantes: No
Características
SARA
Tramitación
Información previa22 mar 2022
Evaluación
Requerimiento pendiente
Plazo de espera
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

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Órgano de contratación

Requisitos de participación

8

Requisitos del licitador

Requisitos generales

Capacidad de obrarNo prohibiciónSin incompatibilidadesSeguridad SocialObligaciones tributariasEmpresas extranjeras

Solvencia técnica

Según pliego

7.2.- SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL: (Ver página 74 y 75 PCAP) A) Único Criterio. Experiencia a) Criterio: Experiencia en la realización de suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. b) Requisito mínimo: El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, debe ser igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato. Por tanto, en este caso, por las cuantías siguiente: 81.619,82 € x 70%= 57.133,87 €. c) Medio de acreditación: Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación.

Solvencia económica

Volumen anual de negocios

7.1.- SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA: (Ver página 74 PCAP) A) Único criterio. Volumen de negocios: a) Criterio: Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de las actividades del empresario y de presentación de las ofertas. b) Requisito mínimo: Teniendo en consideración el mayor volumen de negocio del licitador, en los tres últimos ejercicios concluidos, uno de ellos deberá ser al menos una vez y media la anualidad medida del contrato, al tratarse de un contrato de duración superior a un año, es decir, debe de ser al menos por la cuantía siguiente: 81.619,82 x 1,5 = 122.429,73 €. c) Medio de acreditación: Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales, no inscritos en el Registro mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios, mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. A efectos de la acreditación de este requisito será necesaria la certificación del registrador mercantil acreditativa de que las cuentas han sido depositadas en dicho organismo o nota simple informativa y, en este caso, deberá ser la de depósito de cuentas, sin que sirva otra distinta, como, por ejemplo, la de información general, conforme a la doctrina del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Resolución 315/2017, de 31 de marzo). d) Principales razones de la imposición de este requisito: En el artículo 87, apartado 3º, de la LCSP, se establece como criterio residual, cuando los pliegos no concreten los criterios y requisitos mínimos, el volumen anual de negocios, por lo que entendemos que su aplicabilidad es de carácter general en todo tipo de contrato, de ahí que se haya elegido dicho criterio y, siendo la cuantía proporcional –la misma—que el valor anual estimado del contrato.

Este contrato en su contexto

601
licitaciones del organismo
60.155,94 €
presupuesto típico del organismo
mediana de 590 licitaciones
12,6 %
baja de adjudicación
sobre el presupuesto de licitación

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete acumula 601 licitaciones registradas en Licto. Sobre 590 licitaciones de este organismo con presupuesto publicado, la mediana es de 60.155,94 €. Esta convocatoria, con 223.125,00 €, queda por encima de esa cifra. Se adjudicó un 12,6 % por debajo del presupuesto de licitación. Cifras calculadas sobre el histórico procesado por Licto, que es parcial.

Cómo calculamos estas cifras →

Preguntas frecuentes

¿Cuántas licitaciones ha publicado Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete?

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete acumula 601 licitaciones registradas en Licto, a partir de los anuncios publicados en las fuentes oficiales que procesamos.

¿Es este presupuesto alto o bajo para Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete?

El presupuesto de licitación es de 223.125,00 €. La mediana de 590 licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete con presupuesto publicado en Licto es de 60.155,94 €.

¿Por cuánto se adjudicó esta licitación de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete?

La adjudicación quedó un 12,6 % por debajo del presupuesto de licitación.

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto