Suministro e instalación de placas fotovoltaicas en la cubierta del Mercado Municipal de Villacerrada, incluyendo la retirada y gestión como residuos de las placas fotovoltaicas existentes. EXP 121-2025
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete · Albacete, Castilla-La Mancha
Objeto del contrato
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Órgano de contratación
Criterios de adjudicación
3Criterios de evaluación
Requisitos de participación
9Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Según pliego
7.2 SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL: A) EMPRESAS QUE NO SEAN DE NUEVA CREACIÓN: 1º REQUISITO: Experiencia A) Criterio. Experiencia en la realización de suministros de igual o similar naturaleza. B) Requisito mínimo: El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, debe ser igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato. Debe de ser al menos por la cuantía: Valor anual medio: 47.186,94 € Solvencia técnica: 33.030,85 €. C) Medio de acreditación: certificados expedidos o visados por el órgano competente. D) Principales razones de la imposición de este requisito: En el art 90, apdo 2º LCSP, se establece como criterio residual, cuando los pliegos no concreten los criterios y requisitos mínimos, la relación de los principales servicios efectuados en los 3 últimos años. 2º REQUISITO: Certificados control calidad A) Criterio: Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad. B) Requisito mínimo: Acreditación de la conformidad de los módulos solares con las características técnicas y de rendimiento. C) Medio de acreditación: Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, o en su defecto declaración responsable del licitador. D) Principales razones de la imposición de este requisito: es un criterio legal (art 89.1.f) de la LCSP, que permite verificar el cumplimiento de las especificaciones exigidas para los productos objeto de suministro. B) EMPRESAS QUE SEAN DE NUEVA CREACIÓN (antigüedad inferior a 5 años): ÚNICO REQUISITO. Certificados control calidad A) Criterio: Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas técnicas. B) Requisito mínimo: Acreditación de la conformidad de los módulos solares con las características técnicas y de rendimiento establecidas. C) Medio de acreditación: Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad. D) Principales razones de la imposición de este requisito: es un criterio legal (art 89.1.f) LCSP, que permite verificar el cumplimiento de las especificaciones exigidas para los productos objeto de suministro. Pág desde 48 a 51 PCAP.
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
7. SOLVENCIA: 7.1. ECONÓMICA Y FINANCIERA: A) Criterio: Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de las actividades del empresario y de presentación de las ofertas. B) Requisito mínimo: Teniendo en consideración el mayor volumen anual de negocio del licitador, en los tres últimos ejercicios concluidos, uno de ellos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato, es decir, debe de ser al menos por la cuantía siguiente: Valor anual medio: 47.186,94 € Solvencia económica: 70.780,41 € C) Medio de acreditación: Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales, no inscritos en el Registro mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios, mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. A efectos de la acreditación de este requisito será necesaria la certificación del registrador mercantil acreditativa de que las cuentas han sido depositadas en dicho organismo o nota simple informativa y, en este caso, deberá ser la de depósito de cuentas, sin que sirva otra distinta, como, por ejemplo, la de información general, conforme a la doctrina del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Resolución 315/2017, de 31 de marzo). D) Principales razones de la imposición de este requisito: En el artículo 87, apartado 3º, de la LCSP, se establece como criterio residual, cuando los pliegos no concreten los criterios y requisitos mínimos, el volumen anual de negocios, por lo que entendemos que su aplicabilidad es de carácter general en todo tipo de contrato, de ahí que se haya elegido dicho criterio y, siendo la cuantía proporcional la misma que el valor anual estimado del contrato. Ver páginas 47 y 48 del PCAP
Documentación Técnica
Documentación Legal
Este contrato en su contexto
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete acumula 601 licitaciones registradas en Licto. Sobre 590 licitaciones de este organismo con presupuesto publicado, la mediana es de 60.155,94 €. Esta convocatoria, con 47.186,94 €, queda por debajo de esa cifra. Se adjudicó un 16,0 % por debajo del presupuesto de licitación. Cifras calculadas sobre el histórico procesado por Licto, que es parcial.
Cómo calculamos estas cifras →
Preguntas frecuentes
¿Cuántas licitaciones ha publicado Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete?
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete acumula 601 licitaciones registradas en Licto, a partir de los anuncios publicados en las fuentes oficiales que procesamos.
¿Es este presupuesto alto o bajo para Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete?
El presupuesto de licitación es de 47.186,94 €. La mediana de 590 licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete con presupuesto publicado en Licto es de 60.155,94 €.
¿Por cuánto se adjudicó esta licitación de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete?
La adjudicación quedó un 16,0 % por debajo del presupuesto de licitación.
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto