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Ejecución de obras de reforma y rehabilitación del campo de fútbol dedicado al bar y almacén de las instalaciones deportivas, sito en calle Menéndez Pelayo, nº 3.
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Ejecución

Ejecución de obras de reforma y rehabilitación del campo de fútbol dedicado al bar y almacén de las instalaciones deportivas, sito en calle Menéndez Pelayo, nº 3.

Alcaldía del Ayuntamiento de Añover de Tajo · Añover de Tajo, Toledo, Castilla-La Mancha

140.388,39 €
Presupuesto sin IVA
2 meses
Duración

Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: 707/2023/1º; Órgano de Contratación: Alcaldía del Ayuntamiento de Añover de Tajo; Importe: 140388.39 EUR; Estado: PUB
Sector
Construcción
Tipo
Obras · Abierto simplificado
CPV
45212000Trabajos de construcción de edificios relacionados con el ocio, los deportes, la cultura y el alojamiento y restaurantes
45212290Reparación y mantenimiento de instalaciones deportivas
45212600Trabajos de construcción de pabellones
Ejecución
Añover de Tajo, Toledo, Castilla-La Mancha · 2 meses
Participación
Presentación: ElectrónicaGarantía: Garantía definitiva 5.00%Variantes: No
Tramitación
Publicada29 sept 2025
Evaluación
Requerimiento pendiente
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

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Perfil de compraPanorama competitivoAlertas y seguimiento

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Órgano de contratación

Criterios de adjudicación

3

Criterios de evaluación

Proposición económica80%
Reducción de plazo de ejecución de las obras12%
Ampliación del plazo de garantía. hasta 8 puntos:8%

Requisitos de participación

8

Requisitos del licitador

Requisitos generales

Capacidad de obrar

Solvencia técnica

Experiencia en trabajos similares

En los contratos de obras, la solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada por al menos dos de los medios siguientes: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, avalada por certificados de buena ejecución b) Indicación del personal técnico u organismos técnicos, integradas o no en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. d) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato e) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años. f) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público en el grupo 45.1 y 45.2 acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar.

Personal técnico

En los contratos de obras, la solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada por al menos dos de los medios siguientes: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, avalada por certificados de buena ejecución b) Indicación del personal técnico u organismos técnicos, integradas o no en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. d) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato e) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años. f) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público en el grupo 45.1 y 45.2 acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar.

OXR-MEDIOS

En los contratos de obras, la solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada por al menos dos de los medios siguientes: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, avalada por certificados de buena ejecución b) Indicación del personal técnico u organismos técnicos, integradas o no en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. d) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato e) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años. f) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público en el grupo 45.1 y 45.2 acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar.

OXR-PLANTILLA

En los contratos de obras, la solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada por al menos dos de los medios siguientes: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, avalada por certificados de buena ejecución b) Indicación del personal técnico u organismos técnicos, integradas o no en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. d) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato e) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años. f) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público en el grupo 45.1 y 45.2 acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar.

OXR-TITULOS

En los contratos de obras, la solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada por al menos dos de los medios siguientes: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, avalada por certificados de buena ejecución b) Indicación del personal técnico u organismos técnicos, integradas o no en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. d) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato e) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años. f) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público en el grupo 45.1 y 45.2 acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar.

XSR-CALIDAD

En los contratos de obras, la solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada por al menos dos de los medios siguientes: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, avalada por certificados de buena ejecución b) Indicación del personal técnico u organismos técnicos, integradas o no en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. d) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato e) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años. f) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público en el grupo 45.1 y 45.2 acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar.

Solvencia económica

Volumen anual de negocios

La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por de la siguiente manera: Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 169.869,95 euros. A los efectos del artículo 75 LCSP, se podrá acreditar la solvencia económico-financiera basándose en los medios de otra entidad, siempre que la empresa licitadora aporte escritura de responsabilidad solidaria entre ambas empresas para la ejecución del presente contrato. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público en el grupo 45.1 y 45.2 acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar.

Este contrato en su contexto

18
licitaciones del organismo
88.868,29 €
presupuesto típico del sector
mediana de 186.782 licitaciones
0,0 %
baja de adjudicación
sobre el presupuesto de licitación

Alcaldía del Ayuntamiento de Añover de Tajo acumula 18 licitaciones registradas en Licto. Sobre 186.782 licitaciones de Construcción con presupuesto publicado, la mediana es de 88.868,29 €. Esta convocatoria, con 140.388,39 €, queda por encima de esa cifra. Se adjudicó un 0,0 % por debajo del presupuesto de licitación. Cifras calculadas sobre el histórico procesado por Licto, que es parcial.

Cómo calculamos estas cifras →

Preguntas frecuentes

¿Cuántas licitaciones ha publicado Alcaldía del Ayuntamiento de Añover de Tajo?

Alcaldía del Ayuntamiento de Añover de Tajo acumula 18 licitaciones registradas en Licto, a partir de los anuncios publicados en las fuentes oficiales que procesamos.

¿Es este presupuesto alto o bajo para Construcción?

El presupuesto de licitación es de 140.388,39 €. La mediana de 186.782 licitaciones de Construcción con presupuesto publicado en Licto es de 88.868,29 €.

¿Por cuánto se adjudicó esta licitación de Alcaldía del Ayuntamiento de Añover de Tajo?

La adjudicación quedó un 0,0 % por debajo del presupuesto de licitación.

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto