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Obras de Peatonalización de la Calle Santísimo de Puertollano incluido en la Estrategia de Desarrollo Sostenible e Integrado (EDUSI) de Puertollano, cofinanciado en un 80% por el FEDER en el marco del Programa Operativo Plurirregional de España (POPE) 2014-2020.
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Obras de Peatonalización de la Calle Santísimo de Puertollano incluido en la Estrategia de Desarrollo Sostenible e Integrado (EDUSI) de Puertollano, cofinanciado en un 80% por el FEDER en el marco del Programa Operativo Plurirregional de España (POPE) 2014-2020.

Alcaldía del Ayuntamiento de Puertollano · Puertollano, Ciudad Real, Castilla-La Mancha

106.356,19 €
Presupuesto sin IVA
Cerrado
Plazo cerrado el 22 oct 2020
60 días
Duración
3.9/5
Buena oportunidad

Cómo se calcula el índice de oportunidad →

Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: 2020/14279; Órgano de Contratación: Alcaldía del Ayuntamiento de Puertollano; Importe: 106356.19 EUR; Estado: PUB
Sector
Construcción
Tipo
Obras · Abierto simplificado
CPV
45000000Trabajos de construcción
Ejecución
Puertollano, Ciudad Real, Castilla-La Mancha · 60 días
Participación
Presentación: ElectrónicaGarantía: Garantía definitiva 5.00%
Características
EU
Tramitación
Publicada1 oct 2020
Evaluación
Adjudicación
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

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Perfil de compraPanorama competitivoAlertas y seguimiento

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Órgano de contratación

Requisitos de participación

9

Requisitos del licitador

Requisitos generales

Capacidad de obrarNo prohibiciónSin incompatibilidadesSeguridad SocialObligaciones tributariasROLECE

Solvencia técnica

Experiencia en trabajos similares

Solvencia técnica: Se acreditará mediante una relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución; estos certifi-cados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato. Esta acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios establecidos en el art. 88.3 de la LCSP. Los técnicos que intervengan en los trabajos de redacción del proyecto, deberán es-tar en posesión de la correspondiente titulación que les capacite de acuerdo con la legis-lación vigente para poder firmar el trabajo realizado, que validará con su firma todos y cada de los documentos que correspondan en cada caso. En los contratos cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros, cuando el contra-tista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una anti-güedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a f) del art. 88 de la LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a) de dicho artículo, relativo a la ejecución de un número determinado de obras. La presentación de Certificado expedido por el Registro de Licitadores de la Comunidad de Castilla-La Mancha (regulado por Decreto 54/2011, de 17 de mayo y por Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 8 de abril de 2002) o por el del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (regulado en los arts. 337 a 345 de la LCAP), dispensará al licitador de presentar la documentación que haya sido inscrita y depositada en el mismo.

OXR-TITULOS

Solvencia técnica: Se acreditará mediante una relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución; estos certifi-cados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato. Esta acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios establecidos en el art. 88.3 de la LCSP. Los técnicos que intervengan en los trabajos de redacción del proyecto, deberán es-tar en posesión de la correspondiente titulación que les capacite de acuerdo con la legis-lación vigente para poder firmar el trabajo realizado, que validará con su firma todos y cada de los documentos que correspondan en cada caso. En los contratos cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros, cuando el contra-tista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una anti-güedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a f) del art. 88 de la LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a) de dicho artículo, relativo a la ejecución de un número determinado de obras. La presentación de Certificado expedido por el Registro de Licitadores de la Comunidad de Castilla-La Mancha (regulado por Decreto 54/2011, de 17 de mayo y por Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 8 de abril de 2002) o por el del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (regulado en los arts. 337 a 345 de la LCAP), dispensará al licitador de presentar la documentación que haya sido inscrita y depositada en el mismo.

Solvencia económica

Volumen anual de negocios

Solvencia económica y financiera: Se acreditará según se establece en el art. 87.1.a) de la LCSP, mediante una declaración sobre el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. No obstante, esta acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios establecidos en el art. 87 de la LCSP. La presentación de Certificado expedido por el Registro de Licitadores de la Comunidad de Castilla-La Mancha (regulado por Decreto 54/2011, de 17 de mayo y por Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 8 de abril de 2002) o por el del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (regulado en los arts. 337 a 345 de la LCAP), dispensará al licitador de presentar la documentación que haya sido inscrita y depositada en el mismo.

Este contrato en su contexto

327
licitaciones del organismo
62.431,81 €
presupuesto típico del organismo
mediana de 325 licitaciones

Alcaldía del Ayuntamiento de Puertollano acumula 327 licitaciones registradas en Licto. Sobre 325 licitaciones de este organismo con presupuesto publicado, la mediana es de 62.431,81 €. Esta convocatoria, con 106.356,19 €, queda por encima de esa cifra. El índice de oportunidad de Licto sitúa esta licitación en 3,9 sobre 5. Cifras calculadas sobre el histórico procesado por Licto, que es parcial.

Cómo calculamos estas cifras →

Preguntas frecuentes

¿Cuántas licitaciones ha publicado Alcaldía del Ayuntamiento de Puertollano?

Alcaldía del Ayuntamiento de Puertollano acumula 327 licitaciones registradas en Licto, a partir de los anuncios publicados en las fuentes oficiales que procesamos.

¿Es este presupuesto alto o bajo para Alcaldía del Ayuntamiento de Puertollano?

El presupuesto de licitación es de 106.356,19 €. La mediana de 325 licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Puertollano con presupuesto publicado en Licto es de 62.431,81 €.

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto