Ir al contenido
licto.
EvaluaciónEjecución de los trabajos consistentes en renovación del servicio de soporte técnico y mantenimiento de la plataforma hiperconvergente.
214.000,00 €Ver en PLACSP
Evaluación

Ejecución de los trabajos consistentes en renovación del servicio de soporte técnico y mantenimiento de la plataforma hiperconvergente.

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Toledo · Toledo, Castilla-La Mancha

214.000,00 €
Presupuesto sin IVA
48 meses
Duración
3.7/5
Buena oportunidad

Cómo se calcula el índice de oportunidad →

Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: SERVICIOS 18/26; Órgano de Contratación: Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Toledo; Importe: 214000 EUR; Estado: EV
Sector
Tecnología
Tipo
Servicios · Abierto
CPV
72514300Servicios de gestión de instalaciones para el mantenimiento de sistemas informáticos
Ejecución
Toledo, Castilla-La Mancha · 48 meses
Participación
Presentación: ElectrónicaGarantía: Garantía definitiva 5.00%Variantes: No
Tramitación
Publicada10 jul 2026
Evaluación
Adjudicación
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

Análisis detallado de licitaciones públicas

Accede al perfil de compra, panorama competitivo y métricas detalladas de miles de organismos y contratistas públicos en toda España.

Perfil de compraPanorama competitivoAlertas y seguimiento

Sin tarjeta de crédito · Sin compromiso

Órgano de contratación

Criterios de adjudicación

4

Criterios de evaluación

Precio55%
Certificación del fabricante o partner ejecutor de los servicios20%
Memoria técnica: capítulo 3. servicios de implantación y optimización (evaluación técnica)15%
Memoria técnica: capítulo 1. solución técnica y hardware y capítulo 2. licenciamiento y soporte10%

Requisitos de participación

4

Requisitos del licitador

Requisitos generales

Capacidad de obrar

Solvencia técnica

Experiencia en trabajos similares

Art. 90.a): Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato ejecutados en el curso de los tres últimos años en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. En caso de seleccionar esta opción, indicar el valor mínimo de los contratos realizados en años anteriores, a efectos de poder considerar acreditada la solvencia técnica: 149.800,00 €. De no indicar ningún valor mínimo, el requisito será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato, o de su anualidad media si esta es inferior al valor estimado del contrato (art. 11.4 b RGLCAP). La solvencia técnica o financiera no se exige a la hora de licitar.

Solvencia económica

Volumen anual de negocios

Volumen de negocios mínimo anual exigido al empresario, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles (máximo 1,5 del valor estimado del contrato - Art. 87.1.a) LCSP): 321.000,00 €. En caso de que en el párrafo anterior no se concrete ningún valor anual mínimo exigido, el volumen anual de negocios del licitador referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año (art. 87.3 a) LCSP). El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Las solvencias técnica y económica no se exigen a la hora de licitar.

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto