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Proyecto básico y de ejecución de Mercado de Abastos provisional de Zamora.
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Evaluación

Proyecto básico y de ejecución de Mercado de Abastos provisional de Zamora.

Alcaldía del Ayuntamiento de Zamora · Zamora, Castilla y León

958.676,29 €
Presupuesto sin IVA
2 meses
Duración
3.8/5
Buena oportunidad

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Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: OBR0123.5910/2023; Órgano de Contratación: Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Zamora; Importe: 958676.29 EUR; Estado: EV
Sector
Construcción
Tipo
Obras · Abierto
CPV
45213140Trabajos de construcción de mercados
45213141Trabajos de construcción de mercados cubiertos
Ejecución
Zamora, Castilla y León · 2 meses
Participación
Presentación: ElectrónicaGarantía: Garantía complementaria 5.00%Variantes: No
Tramitación
Publicada17 jul 2023
Evaluación
Adjudicación
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

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Perfil de compraPanorama competitivoAlertas y seguimiento

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Órgano de contratación

Criterios de adjudicación

7

Criterios de evaluación

C.1. oferta económica.50%
B.1.1.1. descripción detallada de todos y cada uno de los procesos constructivos de las obras, contemplando su orden natural de ejecución dentro del proceso constructivo del proyecto global, conocimiento de los materiales y técnicas de ejecución.10%
B.1.1.2. medios materiales, auxiliares, técnicos y humanos propuestos para la ejecución de cada uno de los procesos constructivos, incluyendo documentación descriptiva de los medios materiales (características técnicas y/o certificados de fabricación), medios técnicos (características técnicas) y medios humanos (titulación, capacitación y experiencia).10%
C.2. ampliación del plazo de garantía.10%
C.3. ampliación del porcentaje para control de calidad externo de la obra.10%
B.1.2.1. estudio de rendimientos estimados teniendo en cuenta los medios materiales, auxiliares, técnicos y humanos propuestos en el apartado anterior.5%
B.1.2.2. programa de desarrollo de los trabajos.5%

Requisitos de participación

9

Requisitos del licitador

Requisitos generales

Capacidad de obrarNo prohibiciónSin incompatibilidadesSeguridad SocialObligaciones tributariasEmpresas extranjeras

Solvencia técnica

Experiencia en trabajos similares

De acuerdo con lo indicado en el artículo 77.4 de la LCSP, y al no haber concurrido ninguna empresa clasificada en el anterior procedimiento de adjudicación de este contrato, se excluye la necesidad de cumplir con el requisito de la clasificación, siendo los medios para acreditar la solvencia los que se especifican a continuación: La solvencia técnica se acreditará mediante la ejecución de obras en los últimos cinco años, avaladas por certificados de buena ejecución relacionadas con el objeto del contrato, cuyos importes anuales acumulados en el año de mayor ejecución sean iguales o superiores a los que se presentan a continuación, teniendo en cuenta la estructura del presupuesto de las obras a ejecutar y la clasificación que correspondería solicitar si el anterior procedimiento de licitación no hubiera sido declarado desierto por no haber concurrido ninguna empresa clasificada: - Obras de edificación: 300.000,00 euros. - Obras de instalaciones frigoríficas: 150.000,00 euros. Las obras deberán estar avaladas por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término.

Solvencia económica

Volumen anual de negocios

De acuerdo con lo indicado en el artículo 77.4 de la LCSP, y al no haber concurrido ninguna empresa clasificada en el anterior procedimiento de adjudicación de este contrato, se excluye la necesidad de cumplir con el requisito de la clasificación, siendo los medios para acreditar la solvencia los que se especifican a continuación: La solvencia económica y financiera se acreditará mediante el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos (o desde la fecha de inicio de actividad de la empresa si es menor) por importe igual o superior al valor estimado del contrato. La acreditación de este requisito se realizará como regla general mediante la aportación del resumen de la declaración del IVA presentada a Hacienda (modelo 390). Cuando el licitador sea una entidad que no esté obligada a realizar declaración de IVA, ese porcentaje deberá reflejarse en las cuentas anuales de la entidad de los tres últimos ejercicios, aprobadas por el órgano competente, e inscritas, en su caso, en el Registro público correspondiente. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto