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EvaluaciónServei de suport extern per a la producció i realització dels productes audiovisuals i animats d’Ivàlua
59.700,00 €Ver en PLACSP
Evaluación

Servei de suport extern per a la producció i realització dels productes audiovisuals i animats d’Ivàlua

Presidencia de la Mancomunidad Municipios Agua del Bierzo · Cataluña

59.700,00 €
Presupuesto sin IVA
1 año
Duración
4.3/5
Excelente oportunidad

Cómo se calcula el índice de oportunidad →

Objeto del contrato

Descripción
L’objecte del contracte és la realització del servei de suport extern per a la producció i realització dels productes audiovisuals i animats d’Ivàlua
Sector
Ingeniería y arquitectura
Tipo
Servicios · Abierto
CPV
71356000Servicios técnicos
92111200Producción de películas y videocintas de publicidad, propaganda e información
Ejecución
Cataluña · 1 año
Participación
Presentación: ElectrónicaGarantía: Garantía definitiva 5.00%Variantes: No
Tramitación
Publicada27 mar 2026
Evaluación
Adjudicación
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

Análisis detallado de licitaciones públicas

Accede al perfil de compra, panorama competitivo y métricas detalladas de miles de organismos y contratistas públicos en toda España.

Perfil de compraPanorama competitivoAlertas y seguimiento

Sin tarjeta de crédito · Sin compromiso

Órgano de contratación

Criterios de adjudicación

2

Criterios de evaluación

Precio75%
Proyecto o memoria tecnica del servicio25%

Requisitos de participación

3

Requisitos del licitador

Requisitos generales

Capacidad de obrar

Solvencia técnica

Según pliego

Se podra acreditar la solvencia tecnica por uno de estos medios a) Relación de los principales contratos de características similares al que es objeto de la licitación, ejecutados por el licitador en los últimos tres ejercicios en la que se concrete importe, fechas, destinatario público o privado de los mismos. A la citada relación se acompañará de certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario . Se requieren al menos tres certificados. En el citado certificado se indicarán las fechas, cpv contrato, el lugar de ejecución y se expresará la conformidad del promotor con los trabajos realizados. Se considerará que la empresa tiene solvencia técnica si, de la documentación aportada, resulta que la persona física o jurídica acredita haber prestado uno o varios servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, considerando como criterio de correspondencia la pertenencia al mismo subgrupo de clasificación del RGLCAP, y en caso contrario en la igualdad entre los dos primeros dígitos del Código CPV, cuya suma anual acumulada en el de mayor ejecución deberá ser igual o superior al 75% del valor estimado del contrato. b) Por tratarse de un contrato cuyo objeto está incluido en el Anexo II del RGLCAP, mediante la presentación del certificado de clasificación administrativa como contratista de servicios referente al tipo de servicios objeto de la presente licitación, acompañado de una declaración sobre su vigencia. Para que la clasificación sea válida deberá referirse al Grupo o Subgrupo de clasificación que corresponda según su objeto y la categoría que corresponda por su valor anual medio. Subgrupo de clasificación y categoría mínima exigible (art. 46 RGLCAP): Clasificación anterior a la entrada en vigor del RD 773/2015: Grupo: U Subgrupo: 1 Categoría: A Clasificación posterior a la entrada en vigor del RD 773/2015 Grupo: U Subgrupo: U-1 Categoría: 1

Solvencia económica

Volumen anual de negocios

Se podra acreditar la solvencia por uno de estos medios a) Acreditar una cifra anual de negocios en la actividad de ejecución de servicios, referido al mejor ejercicio dentro de los cinco últimos (o desde la fecha de inicio de actividad de la empresa si es menor) por importe igual o superior al 75% del valor estimado del contrato. La acreditación de este requisito se realizará como regla general mediante la aportación del resumen de la declaración del IVA presentada a Hacienda (modelo 390). Cuando el licitador sea una entidad que no esté obligada a realizar declaración de IVA, ese porcentaje deberá reflejarse en las cuentas anuales de la entidad de los cinco últimos ejercicios, aprobadas por el órgano competente, e inscritas, en su caso, en el Registro público correspondiente. b)Se podrá acreditar la solvencia mediante la disposición de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas. Se aportará compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. El importe no será inferior al 75% valor estimado del contrato. Se acreditará mediante certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos en que proceda.

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto