Servicio de Implantación, de la Plataforma de Intermediación de la Administración General del Estado en el Ayuntamiento de Alcorcón
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Alcorcón · Alcorcón, Madrid, Comunidad de Madrid
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
ProfesionalAnálisis detallado de licitaciones públicas
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Órgano de contratación
Lotes y adjudicaciones
Resultado de la adjudicación
NIF: B85730166
34.540,00 €
Contrato (sin IVA)
con IVA: 41.793,40 €
Adj. 13 jun 2018 · Form. 29 jun 2018 · Inicio 1 jul 2018
1 oferta
Requisitos de participación
3Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Experiencia en trabajos similares
De conformidad con el artículo 90 de la LCSP, en su apartado a), si la empresa es de reciente creación, la acreditación de la solvencia técnica o profesional se realizará mediante la aportación de una relación de los principales servicios realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años. El licitador propuesto como adjudicatario acreditará los servicios efectuados mediante certificados de buena ejecución del órgano competente, público o privado. Criterios de selección: Los licitadores deberán declarar, mediante la aportación de la relación de servicios, que, en los últimos tres años, han realizado al menos diez proyectos de similar envergadura al que supone el objeto de este contrato de implantación de las aplicaciones “Cliente Ligero SCSP” y “Administrador SCSP” de la Plataforma de Intermediación y Verificación de datos que provee el MINHAFP, haciéndose indicación expresa al nombre del cliente, descripción, alcance e importe del proyecto, carta de buena ejecución y datos personales de contacto. A estos efectos, se considerará acreditada la solvencia cuando el importe medio de los contratos justificados o el contrato de mayor importe sea igual o superior al presupuesto base de licitación de este contrato. A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos o suministros acreditados y los que constituyen el objeto del contrato cuya licitación se promueve, cuando exista clasificación aplicable a este último se atenderá al grupo y subgrupo de clasificación al que pertenecen unos y otros, y en los demás casos a la coincidencia entre los dos primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV. Para acreditar la solvencia técnica exigida en las Uniones Temporales de Empresas, es posible acumular las cifras de los certificados aportados por cada una de las empresas que las integran. Cada una de las empresas de la UTE deberá acreditar por lo menos un servicio y entre todas deberán alcanzar la cuantía requerida.
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
De conformidad con el artículo 87 de la LCSP, el criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año. Para las empresas de reciente creación la mesa valorará este requisito en proporción a la fecha de creación, inicio de actividad y proporcionalidad respecto al objeto del contrato. Medio de acreditación: La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del empresario se efectuará mediante la aportación de las cuentas anuales y declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario. Para acreditar la solvencia económica y financiera en las Uniones Temporales de Empresas y alcanzar el volumen global de negocios exigido, es posible acumular las cifras de negocios de cada una de las empresas que las integran. A estos efectos, de conformidad con el artículo 24.1 del RGLCAP relativo a las uniones temporales de empresarios, cada uno de los empresarios que licitan en unión temporal deberá acreditar su capacidad y solvencia, acumulándose a efectos de la determinación de la solvencia de la unión temporal las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma, sin perjuicio de lo que para la clasificación se establece en el artículo 52 de dicho Reglamento.
Documentación Técnica
Documentación Legal
Documentación Adicional
Este contrato en su contexto
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Alcorcón acumula 523 licitaciones registradas en Licto. Sobre 513 licitaciones de este organismo con presupuesto publicado, la mediana es de 55.125,00 €. Esta convocatoria, con 34.541,45 €, queda por debajo de esa cifra. Se adjudicó por 34.540,00 €, un 0,0 % por debajo del presupuesto de licitación. Cifras calculadas sobre el histórico procesado por Licto, que es parcial.
Cómo calculamos estas cifras →
Preguntas frecuentes
¿Cuántas licitaciones ha publicado Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Alcorcón?
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Alcorcón acumula 523 licitaciones registradas en Licto, a partir de los anuncios publicados en las fuentes oficiales que procesamos.
¿Es este presupuesto alto o bajo para Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Alcorcón?
El presupuesto de licitación es de 34.541,45 €. La mediana de 513 licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Alcorcón con presupuesto publicado en Licto es de 55.125,00 €.
¿Por cuánto se adjudicó esta licitación de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Alcorcón?
El importe de adjudicación fue de 34.540,00 €, un 0,0 % por debajo del presupuesto de licitación.
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto