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Contrato del servicio de análisis de agua de consumo en grifo, análisis de agua de piscinas de uso público y análisis de agua para la prevención y el control de la legionelosis del Ayuntamiento de Fuenlabrada
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Ejecución

Contrato del servicio de análisis de agua de consumo en grifo, análisis de agua de piscinas de uso público y análisis de agua para la prevención y el control de la legionelosis del Ayuntamiento de Fuenlabrada

Comisión Ejecutiva de Animajoven SAU · Comunidad de Madrid

90.331,78 €
Presupuesto sin IVA(estimado 198.729,93 €)
90.331,78 €
Importe de adjudicación
2 años
Duración
Desarrollo de Análisis y Servicios Ambientales SL
Adjudicatario

Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: 2023/SVA/001242; Órgano de Contratación: Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Fuenlabrada; Importe: 90331.78 EUR; Estado: RES
Sector
Ingeniería y arquitectura
Tipo
Servicios · Abierto
CPV
71620000Servicios de análisis
71900000Servicios de laboratorio
Ejecución
Comunidad de Madrid · 2 años
Participación
Presentación: ElectrónicaGarantía: Garantía definitiva 5.00%Variantes: No
Tramitación
Publicada27 sept 2023
Evaluación
Requerimiento pendiente
Adjudicación4 ene 2024
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

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Órgano de contratación

Criterios de adjudicación

2

Criterios de evaluación

Criterios cualitativos60%
Oferta económica40%

Lotes y adjudicaciones

Resultado de la adjudicación

90.331,78 €

Contrato (sin IVA)

con IVA: 109.301,45 €

Adj. 29 dic 2023 · Form. 29 ene 2024 · Inicio 30 ene 2024

10 ofertas (8 PYME) · 0,00 €90.331,78 €

Requisitos de participación

3

Requisitos del licitador

Solvencia técnica

Experiencia en trabajos similares

La solvencia técnica se acreditará mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados, efectuados en los tres últimos años anteriores, de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato; en los que, al menos dos, individualmente y por separado o conjuntamente, habrán de tener un importe anual medio (IVA no incluido) igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato o del valor estimado del contrato (en caso de que el contrato sea por un año). La anualidad media del contrato se calculará dividiendo el precio total por el número de meses del plazo de ejecución y multiplicando por 12 el cociente resultante, de conformidad con lo establecido en el artículo 36.6 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Con carácter material, para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Dichos servicios o trabajos efectuados se acreditarán: Cuando el destinatario sea una entidad del sector público, mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente o bien dichos certificados podrán ser comunicados directamente al Órgano de Contratación por la entidad contratante de los servicios. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración de la entidad empresarial acompañado de los documentos obrantes en poder de la misma que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al Órgano de Contratación por la autoridad competente. Cuando la entidad licitadora sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) del artículo 90 de la LCSP 9/2017, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios.

XSX-CERTCALIDAD

Se requerirá a los licitadores que cuenten con: o bien Acreditación ENAC como Laboratorio de ensayo por la norma UNE-EN ISO/IEC 17025:2017, o bien Certificación en sistema de gestión de calidad (norma UNE-EN ISO 9001:2015 o norma EFQM o equivalente).

Solvencia económica

Volumen anual de negocios

Para empresarios, el volumen de negocio del mejor de los tres últimos años deberá ser al menos una vez el valor estimado del contrato, cuando su duración sea inferior o igual a un año; y al menos una vez el valor anual medio del contrato, si su duración es superior a un año. La anualidad media del contrato se calculará de conformidad con lo establecido en el artículo 36.6 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (dividiendo su precio total por el número de meses de su plazo de ejecución y multiplicando por 12 el cociente resultante). El volumen anual de negocios del licitador se acreditará preferentemente mediante la aportación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, o del registro oficial en que deba estar inscrito, del mejor de los tres últimos años concluidos donde se contenga el volumen anual de negocios, no obstante será admisible cualquier otro documento de carácter oficial que contenga dicha cifra. Para personas físicas, el volumen de negocio deberá ser al menos una vez el valor estimado del contrato, cuando su duración sea inferior o igual a un año; y al menos una vez el valor anual medio del contrato, si su duración es superior a un año. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante la presentación del modelo 390 (declaración anual de IVA) o modelo 100, declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas, o cualquier otro documento de carácter oficial que contenga dicha cifra. En el caso de que el objeto del contrato consista en servicios profesionales, tal y como se establece en los apartados 1.b y 3.b del artículo 87 LCSP, el licitador, bien sea persona física o sociedad profesional, podrá acreditar la solvencia mediante la disposición de un seguro de indemnización de riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de las ofertas, por importe igual o superior a una vez el valor estimado del contrato, aportando además el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato.

Este contrato en su contexto

933
licitaciones del organismo
56.613,97 €
presupuesto típico del organismo
mediana de 926 licitaciones
0,0 %
baja de adjudicación
sobre el presupuesto de licitación

Comisión Ejecutiva de Animajoven SAU acumula 933 licitaciones registradas en Licto. Sobre 926 licitaciones de este organismo con presupuesto publicado, la mediana es de 56.613,97 €. Esta convocatoria, con 90.331,78 €, queda por encima de esa cifra. Se adjudicó por 90.331,78 €, un 0,0 % por debajo del presupuesto de licitación. Cifras calculadas sobre el histórico procesado por Licto, que es parcial.

Cómo calculamos estas cifras →

Preguntas frecuentes

¿Cuántas licitaciones ha publicado Comisión Ejecutiva de Animajoven SAU?

Comisión Ejecutiva de Animajoven SAU acumula 933 licitaciones registradas en Licto, a partir de los anuncios publicados en las fuentes oficiales que procesamos.

¿Es este presupuesto alto o bajo para Comisión Ejecutiva de Animajoven SAU?

El presupuesto de licitación es de 90.331,78 €. La mediana de 926 licitaciones de Comisión Ejecutiva de Animajoven SAU con presupuesto publicado en Licto es de 56.613,97 €.

¿Por cuánto se adjudicó esta licitación de Comisión Ejecutiva de Animajoven SAU?

El importe de adjudicación fue de 90.331,78 €, un 0,0 % por debajo del presupuesto de licitación.

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto