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Servicio de auxiliar de información, recepción, control de accesos y comprobación de instalaciones
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Ejecución

Servicio de auxiliar de información, recepción, control de accesos y comprobación de instalaciones

Comisión Ejecutiva de Animajoven SAU · Comunidad de Madrid

31.059,00 €
Presupuesto sin IVA(estimado 130.447,80 €)
24.800,00 €
Importe de adjudicación
1 año
Duración
Spezial Outsourcing SL
Adjudicatario

Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: C.01.21; Órgano de Contratación: Gerente del Instituo Municipal de Vivienda de Fuenlabrada S.A.; Importe: 31059 EUR; Estado: RES
Sector
Suministros industriales
Tipo
Colaboración público-privada · Abierto simplificado
CPV
98300000Servicios diversos
98341130Servicios de conserjería
Ejecución
Comunidad de Madrid · 1 año
Participación
Presentación: ElectrónicaGarantía: Garantía definitiva 5.00%
Tramitación
Publicada23 dic 2021
Evaluación
Requerimiento pendiente
Adjudicación25 feb 2022
Ejecución29 feb 2024· 1 modificación

Inteligencia competitiva

Profesional

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Órgano de contratación

Criterios de adjudicación

2

Criterios de evaluación

Oferta económica70%
Criterios cualitativos30%

Lotes y adjudicaciones

Resultado de la adjudicación

NIF: B16864837

24.800,00 €

Contrato (sin IVA)

con IVA: 30.008,00 €

Adj. 25 feb 2022 · Form. 28 feb 2022 · Inicio 1 mar 2022

11 ofertas (5 PYME) · 0,00 €30.869,00 €

Modificaciones del contrato

1

1 modificación posterior a la adjudicación

Modificación 1

Modificar el contrato adjudicado SPEZIAL OUTSOURCING S.L., con N.I.F. B16864837 del Servicio de Auxiliar de Información, Recepción, Control de Accesos y comprobación de Instalaciones del Instituto Municipal de Vivienda de Fuenlabrada S.A. un 18% respecto al precio de adjudicación, durante el año de prórroga del servicio, comprendido entre el 29 de febrero de 2024 y el 28 de febrero de 2025, siendo el incremento el siguiente: Base Imponible: 4.464,00 euros IVA: 937,44 euros TOTAL 5.401,44 euros

+4464,00 €

Importe
24.800,00 € 29.264,00 € (sin IVA)

Requisitos de participación

2

Requisitos del licitador

Solvencia técnica

Experiencia en trabajos similares

La solvencia técnica se acreditará: La acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante una relación de los principales servicios públicos o privados, efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, en los que al menos dos, habrán de tener un importe anual medio (con el IVA desglosado) igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato o de su valor estimado (en caso de que el contrato sea por un año). La anualidad media del contrato se calculará de conformidad con lo establecido en el artículo 36.6 del Real Decreto 1098-2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (dividiendo su precio total por el número de meses de su plazo de ejecución y multiplicando por 12 el cociente resultante) Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Cuando el licitador sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) del artículo 90 LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios. En los contratos de servicios sujetos a regulación armonizada no será aplicable este apartado.

Solvencia económica

Volumen anual de negocios

La solvencia económica y financiera se acreditará: Para empresarios, el volumen de negocio del mejor de los tres últimos años deberá ser al menos una vez el valor estimado del contrato, cuando su duración sea inferior a un año; y al menos una vez el valor anual medio del contrato, si su duración es superior a un año. La anualidad media del contrato se calculará de conformidad con lo establecido en el artículo 36.6 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (dividiendo su precio total por el número de meses de su plazo de ejecución y multiplicando por 12 el cociente resultante). El volumen anual de negocios del licitador se acreditará preferentemente mediante la aportación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, o del registro oficial en que deba estar inscrito, del mejor de los tres últimos años concluidos donde se contenga el volumen anual de negocios, no obstante, será admisible cualquier otro documento de carácter oficial que contenga dicha cifra. Para personas físicas, el volumen de negocio deberá ser al menos una vez el valor estimado del contrato, cuando su duración sea inferior a un año; y al menos una vez el valor anual medio del contrato, si su duración es superior a un año. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante la presentación del modelo 390 (declaración anual de IVA) o modelo 100, declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas, o cualquier otro documento de carácter oficial que contenga dicha cifra. Para servicios profesionales, tal y como se establece en los apartados 1.b y 3.b del artículo 87 LCSP, el licitador, bien sea persona física o sociedad profesional, podrá acreditar la solvencia mediante la disposición de un seguro de indemnización de riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de las ofertas, por importe igual o superior a una vez el valor estimado del contrato, aportando además el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato.

Este contrato en su contexto

933
licitaciones del organismo
56.613,97 €
presupuesto típico del organismo
mediana de 926 licitaciones
20,1 %
baja de adjudicación
sobre el presupuesto de licitación

Comisión Ejecutiva de Animajoven SAU acumula 933 licitaciones registradas en Licto. Sobre 926 licitaciones de este organismo con presupuesto publicado, la mediana es de 56.613,97 €. Esta convocatoria, con 31.059,00 €, queda por debajo de esa cifra. Se adjudicó por 24.800,00 €, un 20,1 % por debajo del presupuesto de licitación. Cifras calculadas sobre el histórico procesado por Licto, que es parcial.

Cómo calculamos estas cifras →

Preguntas frecuentes

¿Cuántas licitaciones ha publicado Comisión Ejecutiva de Animajoven SAU?

Comisión Ejecutiva de Animajoven SAU acumula 933 licitaciones registradas en Licto, a partir de los anuncios publicados en las fuentes oficiales que procesamos.

¿Es este presupuesto alto o bajo para Comisión Ejecutiva de Animajoven SAU?

El presupuesto de licitación es de 31.059,00 €. La mediana de 926 licitaciones de Comisión Ejecutiva de Animajoven SAU con presupuesto publicado en Licto es de 56.613,97 €.

¿Por cuánto se adjudicó esta licitación de Comisión Ejecutiva de Animajoven SAU?

El importe de adjudicación fue de 24.800,00 €, un 20,1 % por debajo del presupuesto de licitación.

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto