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Servicio de control y mantenimiento menor para las instalaciones deportivas del patronato municipal de deportes de fuenlabrada
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Ejecución

Servicio de control y mantenimiento menor para las instalaciones deportivas del patronato municipal de deportes de fuenlabrada

Comisión Ejecutiva de Animajoven SAU · Comunidad de Madrid

1.357.797,60 €
Presupuesto sin IVA(estimado 2.987.154,72 €)
1.357.797,60 €
Importe de adjudicación
2 años
Duración
Piscinas Aquakit SL
Adjudicatario

Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: 2022/SVA/001876; Órgano de Contratación: Presidencia del Patronato Municipal de Deportes de Fuenlabrada; Importe: 1357797.6 EUR; Estado: RES
Sector
Suministros industriales
Tipo
Servicios · Abierto
CPV
98300000Servicios diversos
98341130Servicios de conserjería
98350000Servicios de instalaciones municipales
Ejecución
Comunidad de Madrid · 2 años
Participación
Presentación: ElectrónicaGarantía: Garantía definitiva 5.00%Variantes: No
Características
SARA
Tramitación
Información previa27 dic 2022
Publicada21 abr 2023
Evaluación
Requerimiento pendiente
Plazo de espera
Adjudicación16 ago 2023
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

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Perfil de compraPanorama competitivoAlertas y seguimiento

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Órgano de contratación

Criterios de adjudicación

4

Criterios de evaluación

Criterios evaluables mediante juicio de valor40%
Oferta económica40%
Criterios cualitativos (mejoras)11%
Dotación de horas ordinarias anuales de lunes a domingo para eventos organizados por el pmd en cualquier instalación o dependencia municipal, sin coste para el pmd9%

Lotes y adjudicaciones

Resultado de la adjudicación

NIF: B83935411

1.357.797,60 €

Contrato (sin IVA)

con IVA: 1.642.935,10 €

Adj. 16 ago 2023 · Form. 7 sept 2023 · Inicio 8 sept 2023

5 ofertas (3 PYME)

Requisitos de participación

2

Requisitos del licitador

Solvencia técnica

Experiencia en trabajos similares

La acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante una relación de los principales servicios públicos o privados, efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato; en los que uno o dos, (individualmente y por separado o conjuntamente), habrán de tener un importe anual medio (con el IVA desglosado) igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato o de su valor estimado (en caso de que el contrato sea por un año). La anualidad media del contrato se calculará de conformidad con lo establecido en el artículo 36.6 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (dividiendo su precio total por el número de meses de su plazo de ejecución y multiplicando por 12 el cociente resultante). Con carácter material, para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Dichos servicios o trabajos efectuados se acreditarán, si el destinatario es una entidad del sector público, mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, o bien y en base al Art. 90.1.a, dichos certificados podrán ser comunicados directamente al órgano de contratación por la entidad contratante de los servicios. Los servicios en el caso de sujeto privado, se acreditarán mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario, acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Cuando el licitador sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) del artículo 90 LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios. En los contratos de servicios sujetos a regulación armonizada no será aplicable este apartado.

Solvencia económica

Volumen anual de negocios

Para empresarios, el volumen de negocio del mejor de los tres últimos años deberá ser al menos una vez el valor estimado del contrato, cuando su duración sea inferior a un año; y al menos una vez el valor anual medio del contrato, si su duración es superior a un año. La anualidad media del contrato se calculará de conformidad con lo establecido en el artículo 36.6 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (dividiendo su precio total por el número de meses de su plazo de ejecución y multiplicando por 12 el cociente resultante). El volumen anual de negocios del licitador se acreditará preferentemente mediante la aportación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, o del registro oficial en que deba estar inscrito, del mejor de los tres últimos años concluidos donde se contenga el volumen anual de negocios, no obstante será admisible cualquier otro documento de carácter oficial que contenga dicha cifra. Para personas físicas, el volumen de negocio deberá ser al menos una vez el valor estimado del contrato, cuando su duración sea inferior a un año; y al menos una vez el valor anual medio del contrato, si su duración es superior a un año. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante la presentación del modelo 390 (declaración anual de IVA) o modelo 100, declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas, o cualquier otro documento de carácter oficial que contenga dicha cifra. Para servicios profesionales, bien sea persona física o sociedad profesional, podrá acreditar la solvencia mediante la disposición de un seguro de indemnización de riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de las ofertas, por importe igual o superior a una vez el valor estimado del contrato, aportando además el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este requisito se entenderá cumplido por el licitador o candidato que incluya con su oferta un compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido, compromiso que deberá hacer efectivo dentro del plazo de diez días hábiles al que se refiere el apartado 2 del artículo 150 LCSP.

Este contrato en su contexto

933
licitaciones del organismo
56.613,97 €
presupuesto típico del organismo
mediana de 926 licitaciones
0,0 %
baja de adjudicación
sobre el presupuesto de licitación

Comisión Ejecutiva de Animajoven SAU acumula 933 licitaciones registradas en Licto. Sobre 926 licitaciones de este organismo con presupuesto publicado, la mediana es de 56.613,97 €. Esta convocatoria, con 1.357.797,60 €, queda por encima de esa cifra. Se adjudicó por 1.357.797,60 €, un 0,0 % por debajo del presupuesto de licitación. Cifras calculadas sobre el histórico procesado por Licto, que es parcial.

Cómo calculamos estas cifras →

Preguntas frecuentes

¿Cuántas licitaciones ha publicado Comisión Ejecutiva de Animajoven SAU?

Comisión Ejecutiva de Animajoven SAU acumula 933 licitaciones registradas en Licto, a partir de los anuncios publicados en las fuentes oficiales que procesamos.

¿Es este presupuesto alto o bajo para Comisión Ejecutiva de Animajoven SAU?

El presupuesto de licitación es de 1.357.797,60 €. La mediana de 926 licitaciones de Comisión Ejecutiva de Animajoven SAU con presupuesto publicado en Licto es de 56.613,97 €.

¿Por cuánto se adjudicó esta licitación de Comisión Ejecutiva de Animajoven SAU?

El importe de adjudicación fue de 1.357.797,60 €, un 0,0 % por debajo del presupuesto de licitación.

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto