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Servicio de renovación de soporte técnico y de subscripción del Software del Gestor Documental ALFRESCO
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Ejecución

Servicio de renovación de soporte técnico y de subscripción del Software del Gestor Documental ALFRESCO

Comisión Ejecutiva de Animajoven SAU · Comunidad de Madrid

143.640,00 €
Presupuesto sin IVA(estimado 213.066,00 €)
119.200,00 €
Importe de adjudicación
3 años
Duración
Bilbomática SA
Adjudicatario

Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: 2022/SVS/001895; Órgano de Contratación: Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Fuenlabrada; Importe: 143640 EUR; Estado: RES
Sector
Tecnología
Tipo
Servicios · Abierto
CPV
72267000Servicios de mantenimiento y reparación de software
72268000Servicios de suministro de software
72512000Servicios de gestión de documentos
Ejecución
Comunidad de Madrid · 3 años
Participación
Presentación: ElectrónicaGarantía: Garantía provisionalVariantes: No
Tramitación
Publicada1 dic 2022
Evaluación
Requerimiento pendiente
Plazo de espera
Adjudicación3 feb 2023
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

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Órgano de contratación

Criterios de adjudicación

2

Criterios de evaluación

Oferta económica90%
Criterios cualitativos10%

Lotes y adjudicaciones

Resultado de la adjudicación

NIF: A48270227

119.200,00 €

Contrato (sin IVA)

con IVA: 144.232,00 €

Adj. 3 feb 2023 · Form. 28 feb 2023 · Inicio 28 feb 2023

2 ofertas · 119.200,00 €121.114,21 €

Requisitos de participación

3

Requisitos del licitador

Solvencia técnica

Experiencia en trabajos similares

La acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante una relación de los principales servicios públicos o privados, efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato; en los que al menos dos trabajos, conjuntamente, habrán de tener un importe anual medio (con el IVA desglosado) igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato o de su valor estimado (en caso de que el contrato sea por un año). La anualidad media del contrato se calculará de conformidad con lo establecido en el artículo 36.6 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (dividiendo su precio total por el número de meses de su plazo de ejecución y multiplicando por 12 el cociente resultante). Con carácter material, para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Dichos servicios o trabajos efectuados se acreditarán, si el destinatario es una entidad del sector público, mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, o bien dichos certificados podrán ser comunicados directamente al órgano de contratación por la entidad contratante de los servicios. Los servicios en el caso de sujeto privado se acreditarán mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario, acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Cuando el licitador sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) del artículo 90 LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios.

XSX-CERTCALIDAD

Los licitadores deberán acreditar tener un nivel mínimo de partnership con Alfresco equivalente a Partner Gold. La disposición de dicho nivel de partnership se acreditará mediante la presentación de un certificado o copia de certificado emitido por el fabricante del software, en el que se manifieste dicha condición de Partner. Así mismo, los licitadores, y como criterio de solvencia igualmente, están obligados al cumplimiento del Esquema Nacional de Seguridad, deberán estar en posesión de la Certificación de Conformidad para sistemas de categoría MEDIA.

Solvencia económica

Volumen anual de negocios

La solvencia económica y financiera se acreditará: Para empresarios, el volumen de negocio del mejor de los tres últimos años deberá ser al menos una vez el valor estimado del contrato, cuando su duración sea inferior a un año; y al menos una vez el valor anual medio del contrato, si su duración es superior a un año. La anualidad media del contrato se calculará de conformidad con lo establecido en el artículo 36.6 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (dividiendo su precio total por el número de meses de su plazo de ejecución y multiplicando por 12 el cociente resultante). El volumen anual de negocios del licitador se acreditará preferentemente mediante la aportación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, o del registro oficial en que deba estar inscrito, del mejor de los tres últimos años concluidos donde se contenga el volumen anual de negocios, no obstante, será admisible cualquier otro documento de carácter oficial que contenga dicha cifra. Para personas físicas, el volumen de negocio deberá ser al menos una vez el valor estimado del contrato, cuando su duración sea inferior a un año; y al menos una vez el valor anual medio del contrato, si su duración es superior a un año. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante la presentación del modelo 390 (declaración anual de IVA) o modelo 100, declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas, o cualquier otro documento de carácter oficial que contenga dicha cifra. En el caso de que el objeto del contrato consista en servicios profesionales, tal y como se establece en los apartados 1.b y 3.b del artículo 87 LCSP, el licitador, bien sea persona física o sociedad profesional, podrá acreditar la solvencia mediante la disposición de un seguro de indemnización de riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de las ofertas, por importe igual o superior a una vez el valor estimado del contrato, aportando además el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato.

Este contrato en su contexto

933
licitaciones del organismo
56.613,97 €
presupuesto típico del organismo
mediana de 926 licitaciones
17,0 %
baja de adjudicación
sobre el presupuesto de licitación

Comisión Ejecutiva de Animajoven SAU acumula 933 licitaciones registradas en Licto. Sobre 926 licitaciones de este organismo con presupuesto publicado, la mediana es de 56.613,97 €. Esta convocatoria, con 143.640,00 €, queda por encima de esa cifra. Se adjudicó por 119.200,00 €, un 17,0 % por debajo del presupuesto de licitación. Cifras calculadas sobre el histórico procesado por Licto, que es parcial.

Cómo calculamos estas cifras →

Preguntas frecuentes

¿Cuántas licitaciones ha publicado Comisión Ejecutiva de Animajoven SAU?

Comisión Ejecutiva de Animajoven SAU acumula 933 licitaciones registradas en Licto, a partir de los anuncios publicados en las fuentes oficiales que procesamos.

¿Es este presupuesto alto o bajo para Comisión Ejecutiva de Animajoven SAU?

El presupuesto de licitación es de 143.640,00 €. La mediana de 926 licitaciones de Comisión Ejecutiva de Animajoven SAU con presupuesto publicado en Licto es de 56.613,97 €.

¿Por cuánto se adjudicó esta licitación de Comisión Ejecutiva de Animajoven SAU?

El importe de adjudicación fue de 119.200,00 €, un 17,0 % por debajo del presupuesto de licitación.

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto