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Concesión de servicio programa Turismo Social (5 lotes)
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Publicada

Concesión de servicio programa Turismo Social (5 lotes)

Junta de Gobierno del Ayuntamiento Las Rozas · Comunidad de Madrid

274.735,54 €
Presupuesto sin IVA(estimado 1.662.150,00 €)
Cerrado
Plazo cerrado el 23 feb 2021
1 año
Duración
3.1/5
Buena oportunidad

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Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: 2020003CSP; Órgano de Contratación: Junta de Gobierno del Ayuntamiento Las Rozas; Importe: 274735.54 EUR; Estado: PUB
Sector
Transporte y movilidad
Tipo
Servicios · Abierto
CPV
63500000Servicios de agencia de viajes, operadores turísticos y asistencia al turista
Ejecución
Comunidad de Madrid · 1 año
Participación
Presentación: ElectrónicaGarantía: Garantía complementaria 5.00%Variantes: No
Tramitación
Publicada22 ene 2021
Evaluación
Adjudicación
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

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Perfil de compraPanorama competitivoAlertas y seguimiento

Sin tarjeta de crédito · Sin compromiso

Órgano de contratación

Requisitos de participación

3

Requisitos del licitador

Solvencia técnica

Experiencia en trabajos similares

Relación firmada por el representante legal del licitador, de trabajos de objeto similar al del presente contrato efectuados en cada uno de los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario público o privado de los mismos. La acreditación de todos los trabajos relacionados deberá realizarse mediante la presentación de certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. El requisito mínimo que se deberá acreditar será que el importe anual acumulado de los trabajos efectuados en el año de mayor ejecución, sea igual o superior al importe de una anualidad del presupuesto de licitación del contrato al que licite.

Solvencia económica

6

Se debe acreditar que la relación entre el activo corriente y el pasivo corriente es superior a la unidad o, si fuera inferior, que su importe se pueda compensar con el valor del patrimonio neto, que ha de superar, en todo caso, el importe mínimo establecido en la legislación mercantil para no incurrir en causa de disolución.

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto