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Acuerdo marco de cursos de formación presencial en competencias transversales de la Agencia para el Empleo de Madrid
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Acuerdo marco de cursos de formación presencial en competencias transversales de la Agencia para el Empleo de Madrid

Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid · Madrid, Comunidad de Madrid

0,00 €
Presupuesto sin IVA(estimado 1.240.000,00 €)
Cerrado
Plazo cerrado el 29 nov 2022
24 meses
Duración
4.1/5
Excelente oportunidad

Cómo se calcula el índice de oportunidad →

Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: 300/2022/00663; Órgano de Contratación: Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid; Importe: 0 EUR; Estado: PUB
Sector
Educación
Tipo
Servicios · Abierto
CPV
79632000Servicios de formación de personal
80000000Servicios de enseñanza y formación
80500000Servicios de formación
Ejecución
Madrid, Comunidad de Madrid · 24 meses
Participación
Presentación: ElectrónicaGarantía: Garantía provisionalVariantes: No
Características
SARA
Tramitación
Información previa22 sept 2022
Publicada13 nov 2022
Evaluación
Adjudicación
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

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Órgano de contratación

Criterios de adjudicación

4

Criterios de evaluación

Proposición económica49%
Formación extra30%
Difusión de las acciones formativas. banner web o anuncio web11%
Difusión de las acciones formativas. cartel promocional de difusion10%

Requisitos de participación

8

Requisitos del licitador

Requisitos generales

Capacidad de obrarDiscapacidadNo prohibiciónSeguridad SocialObligaciones tributariasEmpresas extranjeras

Solvencia técnica

Experiencia en trabajos similares

Artículo 90.1.a de la LCSP. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Deberá acreditarse la realización de servicios en el conjunto de los últimos tres años a contar desde la fecha de fin de presentación de ofertas (2020, 2021 y 2022) de tipo similares o relacionado con los solicitados en el Acuerdo Marco, por un importe total igual o superior al 70 % del valor anual medio (entendiendo por tales las que coincidan con los tres primeros dígitos de la CPV), de forma que el valor acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 217.000,00 €. Serán considerados como servicios de tipos similares los especificados en el apartado 8 del Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Se acreditará mediante una relación firmada, por el representante legal de la empresa, de los principales servicios realizados durante los últimos tres años (2020, 2021 y 2022), del mismo tipo o naturaleza que el objeto del Acuerdo Marco, indicando fechas, importes y beneficiarios y exigiéndose expresamente que el valor acumulado durante el año de mayor ejecución del periodo citado sea igual o superior a la cifra establecida de 217.000,00 €, que deberán acreditarse mediante certificados de buena ejecución, conforme a lo indicado en el art. 90.1 a) LCSP. La mensualidad concreta del 2022 en la que concluya la fecha fin de presentación de ofertas marcará el plazo para determinar las anteriores anualidades de 2020, 2021 y 2022, que se contarán de fecha a fecha. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, el pliego de cláusulas administrativas particulares podrá acudir además de al CPV, a otros sistemas de clasificación de actividades o productos como el Código normalizado de productos y servicios de las Naciones Unidas (UNSPSC), a la Clasificación central de productos (CPC) o a la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE), que en todo caso deberá garantizar la competencia efectiva para la adjudicación del contrato. En defecto de previsión en el pliego se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. La Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado podrá efectuar recomendaciones para indicar qué códigos de las respectivas clasificaciones se ajustan con mayor precisión a las prestaciones más habituales en la contratación pública.

Umbral: 217.000,00 €

Solvencia económica

Volumen anual de negocios

Artículo 87.1.a de LCSP. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Se procede a establecer que el criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen de negocio, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos (2019, 2020 y 2021) deberá ser de igual a una vez el valor anual medio del Acuerdo Marco. El valor anual medio (IVA excluido) del presente Acuerdo Marco asciende a la cantidad de 310.000,00 €. Por tanto, la solvencia económico-financiera para este Acuerdo Marco se establece en 310.000,00 €. Acreditación de la solvencia económica y financiera: Mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad. Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado. Si cualquier licitador hiciera uso de esta posibilidad, corresponderá a la mesa de contratación valorar tanto las circunstancias objetivas concurrentes que le impidan acreditar su solvencia económica, como la suficiencia del medio escogido a efectos de acreditar su solvencia económica. Esta medida y su cuantía facilitan a competencia real y efectiva, facilitando la participación de microempresas y pequeñas y medianas empresas (PYMES), por cuanto se exigen cantidades muy inferiores a los 2 millones de euros, cuantía que ha sido tomada como referencia del volumen anual de negocio, por debajo del cuál la empresa u operador económico se define como microempresa, dentro de la categoría de las PYMES y como queda dispuesto en el apartado 2.3 de la instrucción 5/2016 relativa los criterios de actuación en la contratación municipal, aprobada por Decreto de 15 de diciembre de 2016, del Delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda. Este requisito de solvencia económico-financiera, asimismo se encuentra en consonancia con los fundamentos y objetivos que inspiran la Ley de Contratos del Sector Público y que pretenden un mejor acceso de las PYMES a la licitación pública

Umbral: 310.000,00 €

Este contrato en su contexto

207
licitaciones del organismo
13.550,00 €
presupuesto típico del organismo
mediana de 200 licitaciones

Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid acumula 207 licitaciones registradas en Licto. Sobre 200 licitaciones de este organismo con presupuesto publicado, la mediana es de 13.550,00 €. El índice de oportunidad de Licto sitúa esta licitación en 4,1 sobre 5. Cifras calculadas sobre el histórico procesado por Licto, que es parcial.

Cómo calculamos estas cifras →

Preguntas frecuentes

¿Cuántas licitaciones ha publicado Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid?

Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid acumula 207 licitaciones registradas en Licto, a partir de los anuncios publicados en las fuentes oficiales que procesamos.

¿Cuál es el presupuesto típico de Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid?

La mediana de 200 licitaciones de Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid con presupuesto publicado en Licto es de 13.550,00 €.

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto