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Objeto del contrato
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Órgano de contratación
Requisitos de participación
8Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Experiencia en trabajos similares
Apartado: a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental:Las empresas que NO sean de NUEVA CREACION, deberán acreditar su solvencia técnica, única y exclusivamente con el siguiente criterio. Se deberá presentar una relación de los principales servicios ejecutados en como máximo los tres últimos años a contar desde la fecha final de presentación de proposiciones (se entenderán años naturales, esto es 365 días, a partir de esa fecha) de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del presente contrato. Se considerará acreditada esta solvencia por la presentación de certificados de buena ejecución, por un importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, (59.670,97 €). A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos o servicios acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, será la igualdad entre los dos primeros dígitos del código CPV previsto en la cláusula 1 del presente Anexo. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados de ejecución, expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este, o a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario, acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación
Según pliego
Apartado: b) Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Las empresas que SI sean de NUEVA CREACION, deberán acreditar su solvencia técnica, única y exclusivamente con el siguiente criterio. Un coordinador de la actividad en los términos previstos en la cláusula 2 del PPT, el cual acreditara una experiencia mínima 2 de años en coordinación de actividades similares o la realización de 4 actividades similares. Esta experiencia se podrá acreditar con cualquiera de los siguientes documentos: contratos de trabajo, certificados de funciones, hago constar o declaración expresa al efecto. Deberá presentar para acreditar dicha experiencia cualquiera de los documentos mencionados arriba, toda vez que la vida laboral presentada no permite acreditar dicho extremo. En el supuesto de cambios durante el contrato, de la figura del Coordinador, se deberá de sustituir por un coordinador, que disponga de la misma experiencia o haya realizado las mismas actividades. Igualmente se deberá de poner inmediatamente en conocimiento del Distrito, en el plazo de 3 días hábiles, mediante contratos de trabajo, certificados de funciones, hago constar o declaración expresa al efecto
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
Apartado: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: (criterio de solvencia exigible tanto para las empresas de nueva creación como para las empresas que NO lo sean) Que el volumen anual de negocios del licitador o candidato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles (2018, 2019 y 2020) en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario, sea igual o superior a una vez y media el volumen anual medio del contrato (127.866,37 euros), debiendo acreditarse mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad.
Documentación Técnica
Documentación Legal
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto