Mantenimiento integral de los aparatos elevadores de los viveros de empresa adscritos a la Dirección General de Innovación y Emprendimiento del Ayuntamiento de Madrid.
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo · Madrid, Comunidad de Madrid
Cómo se calcula el índice de oportunidad →
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
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Órgano de contratación
Criterios de adjudicación
3Criterios de evaluación
Requisitos de participación
11Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Experiencia en trabajos similares
Artículo 90.1 letra a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: La acreditación de la solvencia técnica o profesional se efectuará mediante la relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años, contados desde la fecha final de presentación de ofertas, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 25.063,40 euros. La acreditación se realizará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración responsable del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. A los efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos del código de la CPV establecida. Asimismo, todos los licitadores deberán presentar un listado resumen firmado por el apoderado de la empresa, en la que se detallen y totalicen los importes de los trabajos/contratos que correspondan a cada uno de los últimos tres años, a efectos de seleccionar el año de mayor ejecución.
Umbral: 25.063,40 €
OXR-TITULOS
Artículo 90.1 letra e) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Esta solvencia se considerará acreditada por aquellas empresas que tenga entre su plantilla personal que cuente con los siguientes perfiles: -Un director técnico del mantenimiento, con titulación universitaria de ingeniería industrial u otro título universitario equivalente cuyo plan de estudios contenga las siguientes materias: electrónica, resistencia de materiales, máquinas eléctricas, regulación automática, termodinámica, introducción a la construcción, transmisión del calor, física y cálculo. Dicha titulación se acreditará con la presentación de los certificados de estudios o títulos universitarios correspondientes. -Dos técnicos de mantenimiento oficiales de primera. El director técnico de mantenimiento y los dos técnicos de mantenimiento oficiales de primera deberán estar en posesión de los títulos, carnets o documentación que les acredite como conservadores, en los términos exigidos en el punto 8 de la Instrucción Técnica Complementaria ITC-AEM 1 Ascensores, del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, aprobada por Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero. Ambos apartados tendrán carácter acumulativo. Conforme a lo establecido en el artículo 75 de la LCSP, los licitadores podrán acreditar los requisitos específicos de solvencia basándose en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestren que durante toda la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e), o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si éstas van a prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades.
XXR-SUBCONT
Para empresas de nueva creación: Artículo 90.1 letra i): Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: deberá indicarse la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
Artículo 87.1 letra a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: el volumen anual de negocios del licitador o candidato, referido al mejor ejercicio de los tres últimos años concluidos (2019, 2020 y 2021) sea igual o superior 25.063,40 €, (una vez y media el valor anual medio del contrato al ser la duración del mismo superior a un año, conforme al artículo 87.3.a) de la LCSP), debiendo acreditarse mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad. Las entidades licitadoras podrán acreditar la solvencia económica por medios alternativos en los términos del artículo 86.1 de la LCSP. Cuando por una razón válida así se hiciera, al operador económico que no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado. Si cualquier licitador hiciera uso de esta posibilidad, corresponderá a la mesa de contratación valorar tanto las circunstancias objetivas concurrentes que le impidan acreditar su solvencia económica, como la suficiencia del medio escogido a efectos de acreditar su solvencia económica.
Umbral: 25.063,40 €
Documentación Técnica
Documentación Legal
Este contrato en su contexto
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo acumula 62 licitaciones registradas en Licto. Sobre 61 licitaciones de este organismo con presupuesto publicado, la mediana es de 146.263,73 €. Esta convocatoria, con 33.417,87 €, queda por debajo de esa cifra. El índice de oportunidad de Licto sitúa esta licitación en 3,0 sobre 5. Cifras calculadas sobre el histórico procesado por Licto, que es parcial.
Cómo calculamos estas cifras →
Preguntas frecuentes
¿Cuántas licitaciones ha publicado Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo?
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo acumula 62 licitaciones registradas en Licto, a partir de los anuncios publicados en las fuentes oficiales que procesamos.
¿Es este presupuesto alto o bajo para Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo?
El presupuesto de licitación es de 33.417,87 €. La mediana de 61 licitaciones de Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo con presupuesto publicado en Licto es de 146.263,73 €.
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto