Obra de reforma eléctrica en el Centro de Procesamiento de Datos del edificio del Ministerio de Hacienda situado en planta 00 del Paseo de la Castellana nº 161, Madrid.
Subsecretaría de Hacienda (Oficialía Mayor) · Madrid, Comunidad de Madrid
Cómo se calcula el índice de oportunidad →
Objeto del contrato
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Órgano de contratación
Criterios de adjudicación
4Criterios de evaluación
Requisitos de participación
13Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Experiencia en trabajos similares
Dado que la clasificación indicada en el PCAP no es obligatoria, los licitadores no clasificados que no sean empresas de nueva creación, deberán disponer de experiencia en la realización de obras de igual o similar naturaleza que las que constituyan el objeto del contrato, de acuerdo con los subgrupos especificados en el apartado 5.3.1 del pliego. El importe anual acumulado de las obras de igual o similar naturaleza que las que constituyen el objeto del contrato, en el año de mayor ejecución de los últimos cinco años, contados hacia atrás desde la fecha de fin de presentación de ofertas, deberán ser igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato (igual o superior a 180.110,55 €).
Personal técnico
Las empresas de nueva creación, entendiendo como tales aquellas que tengan una antigüedad inferior a cinco años, que no estén clasificadas, dado que no les es aplicable la exigencia de una relación de obras contemplada en el artículo 88.1.a) de la LCSP, deberán acreditar su solvencia mediante el cumplimiento de los requisitos contemplados en los apartados b), c) y f) del artículo 88.1 de la ley citada. En concreto, la acreditación del requisito del apartado b) del artículo 88.1 de la LCSP, se hará por todos los licitadores que sean empresas de nueva creación, mediante el Anexo I del PCAP, y, en su caso, por el primer clasificado, a través de una declaración responsable indicando el personal técnico u organismos técnicos, estén o no integrados en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras, entre los que obligatoriamente figurará al menos un Ingeniero Industrial o Ingeniero Técnico Industrial, y un Ingeniero Técnico Industrial o Instalador en baja tensión entre ellos.
OXR-MEDIOS
Las empresas de nueva creación, entendiendo como tales aquellas que tengan una antigüedad inferior a cinco años, que no estén clasificadas, dado que no les es aplicable la exigencia de una relación de obras contemplada en el artículo 88.1.a) de la LCSP, deberán acreditar su solvencia mediante el cumplimiento de los requisitos contemplados en los apartados b), c) y f) del artículo 88.1 de la ley citada. En concreto, la acreditación del requisito del apartado f) del artículo 88.1 de la LCSP, se hará por todos los licitadores que sean empresas de nueva creación mediante la presentación del Anexo I del PCAP, y, en su caso, por el primer clasificado, a través de una declaración responsable indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras.
OXR-TITULOS
Las empresas de nueva creación, entendiendo como tales aquellas que tengan una antigüedad inferior a cinco años, que no estén clasificadas, dado que no les es aplicable la exigencia de una relación de obras contemplada en el artículo 88.1.a) de la LCSP, deberán acreditar su solvencia mediante el cumplimiento de los requisitos contemplados en los apartados b), c) y f) del artículo 88.1 de la ley citada. En concreto, la acreditación del requisito del apartado c) del artículo 88.1 de la LCSP, se hará por todos los licitadores que sean empresas de nueva creación mediante el Anexo I del PCAP, y, en su caso, por le primer clasificado, mediante la presentación de los títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siendo necesario que al menos haya un Ingeniero Industrial o Ingeniero Técnico Industrial, y un Ingeniero Técnico Industrial o Instalador en baja tensión entre ellos.
Según pliego
Dadas las características del objeto del contrato, y de acuerdo con el artículo 76.2 y 3 de la LCSP, todos los licitadores deberán comprometerse a adscribir a la ejecución del contrato, con plena dedicación a la obra, los medios personales indicados en la cláusula 5.3.3 del PCAP.
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
Dado que la clasificación no es un requisito obligatorio para este contrato, los licitadores que no reúnan la clasificación indicada en el PCAP, deberán acreditar tener un volumen de negocios adecuado para la ejecución del contrato. El año de mayor volumen de negocios de los tres últimos ejercicios económicos concluidos deberá ser igual o superior a una vez y media el valor estimado del contrato (igual o superior a 463.141,43 €).
Documentación Técnica
Documentación Legal
Documentación Adicional
Este contrato en su contexto
Subsecretaría de Hacienda (Oficialía Mayor) acumula 9 licitaciones registradas en Licto. Sobre 185.520 licitaciones de Construcción con presupuesto publicado, la mediana es de 88.551,04 €. Esta convocatoria, con 257.300,79 €, queda por encima de esa cifra. El índice de oportunidad de Licto sitúa esta licitación en 4,2 sobre 5. Cifras calculadas sobre el histórico procesado por Licto, que es parcial.
Cómo calculamos estas cifras →
Preguntas frecuentes
¿Cuántas licitaciones ha publicado Subsecretaría de Hacienda (Oficialía Mayor)?
Subsecretaría de Hacienda (Oficialía Mayor) acumula 9 licitaciones registradas en Licto, a partir de los anuncios publicados en las fuentes oficiales que procesamos.
¿Es este presupuesto alto o bajo para Construcción?
El presupuesto de licitación es de 257.300,79 €. La mediana de 185.520 licitaciones de Construcción con presupuesto publicado en Licto es de 88.551,04 €.
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto