Servicio de información y orientación técnica de apoyo para la realización de la declaración de la renta de las personas físicas – ejercicio fiscal 2022 – presencial en algunos centros municipales del Ayuntamiento de Madrid y/o mediante atención telefónica.
Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid · Madrid, Comunidad de Madrid
Cómo se calcula el índice de oportunidad →
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
ProfesionalAnálisis detallado de licitaciones públicas
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Órgano de contratación
Criterios de adjudicación
4Criterios de evaluación
Requisitos de participación
9Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Experiencia en trabajos similares
Artículo 90 1 a) de la LCSP Criterio de solvencia: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los servicios pertinentes efectuados más de tres años antes. Requisito mínimo de solvencia: El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, en el curso de los tres últimos años, de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato debe ser igual o superior a 119.052,98 € (SIN IVA) 70% del valor anual medio del contrato. Medio de acreditación: Se acreditará mediante relación de los trabajos efectuados por el interesado en el curso de los tres últimos años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, avalados por certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Se entenderán que son servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, tomando como criterio de correspondencia entre los servicios ejecutados por el empresario y los que constituyen el objeto del contrato los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.4 LCSP cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, el precedente criterio de solvencia, relativo a la ejecución de un número determinado de servicios, no será exigible. Acreditará el criterio 90 1 e y declaración en la que conste que se compromete a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Este compromiso se integrará en el contrato y se le atribuye el carácter de obligación contractual esencial.
Umbral: 119.052,98 €
OXR-TITULOS
Artículo. 90. 1 e) de la LCSP Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. Requisitos mínimos de solvencia: El personal responsable de la ejecución del contrato deberá tener titulación universitaria mínima de grado superior (Licenciado, Grado, Arquitecto, Ingeniero o equivalente) y experiencia en grupos de trabajo con las características objeto del contrato. Deberá ajustarse a lo requerido en la Cláusula 3 del Pliego de Prescripciones Técnicas, especificando quién ha realizado trabajos similares al objeto del mismo. Medio de acreditación: Declaración sellada y firmada por el Representante legal de la empresa: De conformidad con la Cláusula 30 del PCAP, la acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, y la relación del perfil profesional del personal responsable de ejecutar la prestación objeto del contrato se realizará en un momento posterior, por parte del licitador que haya presentado la mejor oferta, como así determina el artículo 150.2 LCSP. La relación de nombres y apellidos y titulación de los 28 profesionales (coordinadores y asesores) no será exigible hasta que el contrato este formalizado. La solvencia técnica profesional requerida se exige de manera acumulativa. Con objeto de que no se vulneren los principios de igualdad y transparencia y se garantice la imparcialidad y objetividad en el resto del procedimiento de adjudicación, no podrá figurar en el SOBRE 1) de" DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA ACREDITATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS" información relativa a la calidad profesional del personal técnico asesor empleado como equipo técnico, que, en particular “de manera concreta”, por estar vinculada al objeto del contrato, que afecta a la calidad de su ejecución y, se considera de utilidad, haya participado en Campañas de Renta en Centros Oficiales (Agencia Estatal Tributaria, Agencia Tributaria Madrid, Comunidades Autónomas) o en Asesorías, Consultorías, Gestorías, Despachos Profesionales o Entidades Financieras. Todo lo anterior por ser materia de valoración en los criterios de adjudicación del apartado 19) del presente Anexo I al PCAP. El error será considerado motivo suficiente para que la Mesa de Contratación deseche la proposición sin más trámites.
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
Artículo 87 apartado 1 a) de la LCSP Criterio de solvencia: Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia: El volumen anual de negocios en el ámbito del contrato referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos ejercicios concluidos deberá ser al menos 255.113,53 € (sin IVA), 1,5 veces el valor anual medio del contrato. Medio de acreditación: Por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Umbral: 255.113,53 €
Documentación Técnica
Documentación Legal
Este contrato en su contexto
Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid acumula 133 licitaciones registradas en Licto. Sobre 132 licitaciones de este organismo con presupuesto publicado, la mediana es de 12.083,00 €. Esta convocatoria, con 170.075,69 €, queda por encima de esa cifra. El índice de oportunidad de Licto sitúa esta licitación en 3,3 sobre 5. Cifras calculadas sobre el histórico procesado por Licto, que es parcial.
Cómo calculamos estas cifras →
Preguntas frecuentes
¿Cuántas licitaciones ha publicado Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid?
Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid acumula 133 licitaciones registradas en Licto, a partir de los anuncios publicados en las fuentes oficiales que procesamos.
¿Es este presupuesto alto o bajo para Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid?
El presupuesto de licitación es de 170.075,69 €. La mediana de 132 licitaciones de Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid con presupuesto publicado en Licto es de 12.083,00 €.
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto