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Servicio dirigido a ampliar y mejorar la capacitación profesional y las habilidades empresariales de las personas emprendedoras mediante la realización de formación virtual especializada, para lo que es necesaria la transformación de contenidos formativos a cursos digitales y la creación y configuración de los cursos para impartir como formación online abierta masiva (MOOC), en la plataforma que sirve de base para el aula virtual "Aula Emprende"
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Ejecución

Servicio dirigido a ampliar y mejorar la capacitación profesional y las habilidades empresariales de las personas emprendedoras mediante la realización de formación virtual especializada, para lo que es necesaria la transformación de contenidos formativos a cursos digitales y la creación y configuración de los cursos para impartir como formación online abierta masiva (MOOC), en la plataforma que sirve de base para el aula virtual "Aula Emprende"

Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo · Madrid, Comunidad de Madrid

21.699,66 €
Presupuesto sin IVA
6 meses
Duración

Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: 300/2020/00053; Órgano de Contratación: Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo; Importe: 21699.66 EUR; Estado: PUB
Sector
Tecnología
Tipo
Servicios · Abierto simplificado
CPV
72212931Servicios de desarrollo de software de formación
Ejecución
Madrid, Comunidad de Madrid · 6 meses
Participación
Presentación: ElectrónicaGarantía: Garantía definitiva 5.00%Variantes: No
Tramitación
Publicada21 sept 2020
Evaluación
Requerimiento pendiente
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

Análisis detallado de licitaciones públicas

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Perfil de compraPanorama competitivoAlertas y seguimiento

Sin tarjeta de crédito · Sin compromiso

Órgano de contratación

Requisitos de participación

10

Requisitos del licitador

Requisitos generales

Capacidad de obrarDiscapacidadNo prohibiciónSin incompatibilidadesSeguridad SocialObligaciones tributarias

Solvencia técnica

Experiencia en trabajos similares

-Acreditación de la solvencia técnica o profesional: Artículo 90.1 de la LCSP: - Apartado: a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: La acreditación de la solvencia técnica o profesional se efectuará mediante la relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años (2018, 2019 y 2020), de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 26.256,58 €, debiendo acreditarse mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad. A los efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos del código de la CPV (722), sin perjuicio de que al menos uno de los trabajos se refiera a un servicio de virtualización de contenidos formativos para la creación de cursos MOOC. En todos los casos, de conformidad con el artículo 159.4.c), la acreditación de la solvencia se realizará mediante la presentación de declaración responsable, firmada por la persona que ostente la representación de la sociedad que presente la oferta, de que cuenta con la solvencia económica, financiera y técnica. Conforme a lo establecido en el artículo 75 de la LCSP y de conformidad a la cláusula 15 del presente pliego, los licitadores podrán acreditar los requisitos específicos de solvencia basándose en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestren que durante toda la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar.

OXR-TITULOS

- Apartado: e) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Documento firmado por el representante legal de la empresa licitadora, con indicación de las personas destinadas al equipo de trabajo y puesto para el que se las propone, en los términos exigidos en el apartado 6 del pliego de prescripciones técnicas particulares. En todos los casos, de conformidad con el artículo 159.4.c), la acreditación de la solvencia se realizará mediante la presentación de declaración responsable, firmada por la persona que ostente la representación de la sociedad que presente la oferta, de que cuenta con la solvencia económica, financiera y técnica. De conformidad con el artículo 75.1 LCSP, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1 e) o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si éstas van a prestar los servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades.

Según pliego

Solvencia técnica empresas de nueva creación: Según lo dispuesto en el artículo 90.4 LCSP, por tratarse de un contrato de servicios no sujetos a regulación armonizada, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal, aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará únicamente por los medios indicados la letra e) del artículo 90.1, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios. En todos los casos, de conformidad con el artículo 159.4.c), la acreditación de la solvencia se realizará mediante la presentación de declaración responsable, firmada por la persona que ostente la representación de la sociedad que presente la oferta, de que cuenta con la solvencia económica, financiera y técnica. Conforme a lo establecido en el artículo 75 de la LCSP y de conformidad a la cláusula 15 del presente pliego, los licitadores podrán acreditar los requisitos específicos de solvencia basándose en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestren que durante toda la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. De conformidad con el artículo 75.1 LCSP, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1 e) o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si éstas van a prestar los servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades.

Solvencia económica

Volumen anual de negocios

-Acreditación de la solvencia económica y financiera: Artículo 87.1 de la LCSP:- Apartado: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Que el volumen anual de negocios del licitador o candidato, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos (2017, 2018 y 2019) sea igual o superior a 26.256,58 euros, debiendo acreditarse mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad. Las entidades licitadoras podrán acreditar la solvencia económica por medios alternativos en los términos del artículo 86.1 de la LCSP. Si cualquier licitador hiciera uso de esta posibilidad, corresponderá a la Mesa de contratación valorar tanto las circunstancias objetivas que le impidan acreditar las referencias solicitadas, como la suficiencia del medio escogido a los efectos de acreditar su solvencia económica. En todos los casos, de conformidad con el artículo 159.4.c), la acreditación de la solvencia se realizará mediante la presentación de declaración responsable, firmada por la persona que ostente la representación de la sociedad que presente la oferta, de que cuenta con la solvencia económica, financiera y técnica. Conforme a lo establecido en el artículo 75 de la LCSP y de conformidad a la cláusula 15 del presente pliego, los licitadores podrán acreditar los requisitos específicos de solvencia basándose en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestren que durante toda la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar.

Este contrato en su contexto

62
licitaciones del organismo
146.263,73 €
presupuesto típico del organismo
mediana de 61 licitaciones
26,3 %
baja de adjudicación
sobre el presupuesto de licitación

Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo acumula 62 licitaciones registradas en Licto. Sobre 61 licitaciones de este organismo con presupuesto publicado, la mediana es de 146.263,73 €. Esta convocatoria, con 21.699,66 €, queda por debajo de esa cifra. Se adjudicó un 26,3 % por debajo del presupuesto de licitación. Cifras calculadas sobre el histórico procesado por Licto, que es parcial.

Cómo calculamos estas cifras →

Preguntas frecuentes

¿Cuántas licitaciones ha publicado Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo?

Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo acumula 62 licitaciones registradas en Licto, a partir de los anuncios publicados en las fuentes oficiales que procesamos.

¿Es este presupuesto alto o bajo para Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo?

El presupuesto de licitación es de 21.699,66 €. La mediana de 61 licitaciones de Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo con presupuesto publicado en Licto es de 146.263,73 €.

¿Por cuánto se adjudicó esta licitación de Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo?

La adjudicación quedó un 26,3 % por debajo del presupuesto de licitación.

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto