Servicios de apoyo al acto institucional de entrega de distinciones honoríficas con motivo de la festividad de San Isidro 2026
Coordinación General de la Alcaldía · Madrid, Comunidad de Madrid
Cómo se calcula el índice de oportunidad →
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
ProfesionalAnálisis detallado de licitaciones públicas
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Órgano de contratación
Criterios de adjudicación
6Criterios de evaluación
Requisitos de participación
9Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Experiencia en trabajos similares
Artículo 90.1 de la LCSP: Apartado: a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia: La empresa licitadora deberá acreditar que, en cualquiera de los tres últimos ejercicios —incluido aquel en el que se publique la convocatoria de la licitación— ha ejecutado servicios de naturaleza igual o similar a los que constituyen el objeto del contrato. A efectos del cómputo de dicho período, se tomará como referencia la fecha de finalización del plazo establecido para la presentación de proposiciones. En el ejercicio con mayor volumen de ejecución, el importe anual de dichos servicios deberá ser igual o superior a 62.051,30 euros, lo que representa el 70% del valor estimado del contrato. Medio de acreditación: Declaración responsable firmada por el representante de la entidad en el que se contenga la relación de trabajos en cada uno de los ejercicios, indicando cual de estos es el de mayor volumen de ejecución. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza a la que constituye el objeto de este contrato, se atenderá a la coincidencia entre los tres primeros dígitos del código CPV del contrato: CPV 79.9. Para empresas de nueva creación: De acuerdo con lo dispuesto en el Art. 90.4 LCSP, en los contratos no sujetos a regulación armonizada, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará de acuerdo con lo establecido en las letras b) a i) del artículo 90.1 LCSP. En el presente contrato, la solvencia técnica se acreditará conforme a lo previsto en el artículo 90.1.g) de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público: Apartado g): “Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación.” Requisitos mínimos: se requiere contar con una plantilla media anual mínima de dos empleados
Umbral: 62.051,30 €
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
Artículo 87.1 de la LCSP: Apartado: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia: La empresa debe haber alcanzado en cualquiera de los tres últimos ejercicios concluidos un volumen de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, como mínimo del valor estimado del contrato. Medios de acreditación de la solvencia económica y financiera: Declaración responsable firmada por el representante legal de la empresa, relativa a la cifra de negocios de cualquiera de los tres últimos años concluidos en el que se haya alcanzado el volumen de negocio referido. Las entidades y/o personas físicas licitadoras, podrán acreditar la solvencia económica por medios alternativos en los términos establecidos en el artículo 86.1 de la LCSP.
Umbral: 88.644,72 €
Documentación Técnica
Documentación Legal
Documentación Adicional
Este contrato en su contexto
Coordinación General de la Alcaldía acumula 103 licitaciones registradas en Licto. Sobre 103 licitaciones de este organismo con presupuesto publicado, la mediana es de 12.000,00 €. Esta convocatoria, con 88.644,72 €, queda por encima de esa cifra. El índice de oportunidad de Licto sitúa esta licitación en 3,9 sobre 5. Cifras calculadas sobre el histórico procesado por Licto, que es parcial.
Cómo calculamos estas cifras →
Preguntas frecuentes
¿Cuántas licitaciones ha publicado Coordinación General de la Alcaldía?
Coordinación General de la Alcaldía acumula 103 licitaciones registradas en Licto, a partir de los anuncios publicados en las fuentes oficiales que procesamos.
¿Es este presupuesto alto o bajo para Coordinación General de la Alcaldía?
El presupuesto de licitación es de 88.644,72 €. La mediana de 103 licitaciones de Coordinación General de la Alcaldía con presupuesto publicado en Licto es de 12.000,00 €.
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto