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licto.
AdjudicadaServicios Tecnicos de Transformacion Digital de la Armada
296.069,13 €Ver en PLACSP
Adjudicada

Servicios Tecnicos de Transformacion Digital de la Armada

Intendencia de Madrid · Madrid, Comunidad de Madrid

296.069,13 €
Presupuesto sin IVA
296.069,13 €
Importe de adjudicación
5 meses
Duración
Indra Soluciones Tecnologías de la Información SLU
Adjudicatario

Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: 2023/AR21U/00002630E; Órgano de Contratación: Intendencia de Madrid; Importe: 296069.13 EUR; Estado: ADJ
Sector
Tecnología
Tipo
Servicios · Negociado con publicidad
CPV
72421000Servicios de desarrollo de aplicaciones cliente en Internet o intranet
Ejecución
Madrid, Comunidad de Madrid · 5 meses
Participación
Presentación: ElectrónicaVariantes: No
Características
SARA
Tramitación
Evaluación
Requerimiento pendiente
Plazo de espera
Adjudicación12 dic 2023
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

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Perfil de compraPanorama competitivoAlertas y seguimiento

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Órgano de contratación

Criterios de adjudicación

1

Criterios de evaluación

Precio100%

Lotes y adjudicaciones

Resultado de la adjudicación

296.069,13 €

Contrato (sin IVA)

con IVA: 358.243,65 €

Adj. 12 dic 2023

1 oferta

Requisitos de participación

2

Requisitos del licitador

Solvencia técnica

Según pliego

Personal técnico que deberá contar como mínimo con las capacidades, titulaciones técnicas, habilitaciones de seguridad y certificaciones necesarias reflejadas en el apartado 13.1 del PPT, para cumplir con las tareas asignadas. Se acreditará mediante una declaración de equipo técnico.

Solvencia económica

Volumen anual de negocios

Declaración del volumen anual de negocios, que en todo caso debe ser igual o superior al presupuesto del contrato indicado en el punto 5 del presente Anexo, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, o en su caso la parte proporcional en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas. Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Para aquellas figuras jurídicas que no estén obligadas a presentar las cuentas anuales, el documento indicado en el párrafo anterior deberá ser sustituido por el Modelo 390 del IVA “Declaración Resumen Anual”.

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto