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Contrato de obras para la extensión de asfalto en el municipio de Navalcarnero (Madrid), asociado al Proyecto de inversión denominado "Proyecto de obras de acondicionamiento, conservación y mantenimiento de vías públicas y espacios municipales 2021-2022".
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Ejecución

Contrato de obras para la extensión de asfalto en el municipio de Navalcarnero (Madrid), asociado al Proyecto de inversión denominado "Proyecto de obras de acondicionamiento, conservación y mantenimiento de vías públicas y espacios municipales 2021-2022".

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Navalcarnero · Navalcarnero, Madrid, Comunidad de Madrid

126.396,75 €
Presupuesto sin IVA
39.112,21 €
Importe de adjudicación
1 mes
Duración
Pavimentos Byc SL
Adjudicatario

Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: 032OBR21; Órgano de Contratación: Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Navalcarnero; Importe: 126396.75 EUR; Estado: RES
Sector
Construcción
Tipo
Obras · Negociado sin publicidad
CPV
45233222Trabajos de pavimentación y asfaltado
Ejecución
Navalcarnero, Madrid, Comunidad de Madrid · 1 mes
Participación
Presentación: ElectrónicaGarantía: Garantía definitiva 5.00%Variantes: No
Tramitación
Publicada9 jul 2021
Evaluación
Requerimiento pendiente
Adjudicación22 sept 2021
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

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Perfil de compraPanorama competitivoAlertas y seguimiento

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Órgano de contratación

Lotes y adjudicaciones

2

Lotes y adjudicaciones

2 lotes · 2 pendientes

Máx. lotes por oferta: 2Máx. lotes por adjudicatario: 2

NIF: B79021937

39.112,21 €

Contrato (sin IVA)

con IVA: 47.325,78 €

Adj. 22 sept 2021 · Form. 29 sept 2021

1 oferta

CPV

PTrabajos de pavimentación y asfaltado

NIF: B79021937

84.958,87 €

Contrato (sin IVA)

con IVA: 102.800,23 €

Adj. 22 sept 2021 · Form. 29 sept 2021

1 oferta

CPV

PTrabajos de pavimentación y asfaltado

Requisitos de participación

2

Requisitos del licitador

Solvencia técnica

Experiencia en trabajos similares

VER PUNTO D.2 DEL APARTADO 8.1.B DEL ANEXO I DEL PCAP: d.2) Documentación acreditativa de la solvencia técnica o profesional, de conformidad con el Artículo 88 de la LCSP y 11.4.b del RGLCAP: · El criterio para la acreditación de la solvencia técnica o profesional será el de la experiencia en la realización de obras ejecutadas de igual o similar naturaleza que las que constituyen el objeto del contrato en el curso de los cinco últimos años. · Requisitos mínimos de solvencia técnica o profesional: - Lote 1: Los licitadores deberán acreditar en la ejecución de obras del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, un importe anual acumulado igual o superior a 27.828,86 euros, en el año de mayor ejecución de los cinco últimos ejercicios concluidos (70 por ciento de la anualidad media del contrato, de conformidad con el Artículo 88.3 de la Ley). - Lote 2: Los licitadores deberán acreditar en la ejecución de obras del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, un importe anual acumulado igual o superior a 60.648,86 euros, en el año de mayor ejecución de los cinco últimos ejercicios concluidos (70 por ciento de la anualidad media del contrato, de conformidad con el Artículo 88.3 de la Ley). · Medio de acreditación: - Relación de las principales obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco años, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato, o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. Empresas de nueva creación: En los contratos cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a f) del Artículo 88 de la LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de obras.

Solvencia económica

Volumen anual de negocios

VER PUNTO D.1 DEL APARTADO 8.1.B DEL ANEXO I DEL PCAP: d.1) Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera, de conformidad con el Artículo 87.1.a, 87.1.b y 87.3.a de la LCSP y 11.4.a del RGLCAP: · El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador y disponer de una póliza de seguro de responsabilidad civil en una cuantía no inferior a 300.000,00 euros. · Requisitos mínimos de solvencia económica y financiera: - Lote 1: Los licitadores deberán acreditar, en uno de los tres últimos ejercicios concluidos, un volumen anual de negocio por un importe igual o superior a 59.633,28 euros (al menos, una vez y media el valor estimado del contrato, siendo su duración no superior a un año, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 87.3.a LCSP). - Lote 2: Los licitadores deberán acreditar, en uno de los tres últimos ejercicios concluidos, un volumen anual de negocio por un importe igual o superior a 129.961,84 euros (al menos, una vez y media el valor estimado del contrato, siendo su duración no superior a un año, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 87.3.a LCSP). - Además, para ambos lotes: disponer de un seguro de responsabilidad civil en una cuantía no inferior a 300.000,00 euros. · Medio de acreditación: - Declaración responsable del licitador indicando el volumen anual de negocios de los tres últimos ejercicios concluidos. - Cuentas anuales de los tres últimos ejercicios concluidos aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil (Artículo 87.3.a LCSP y Artículo 11.4.a del RGLCAP). - Justificante de la póliza de seguro de responsabilidad civil acorde a lo dispuesto en el presente apartado, en el que conste los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro.

Este contrato en su contexto

309
licitaciones del organismo
30.920,44 €
presupuesto típico del organismo
mediana de 309 licitaciones
1,8 %
baja de adjudicación
sobre el presupuesto de licitación

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Navalcarnero acumula 309 licitaciones registradas en Licto. Sobre 309 licitaciones de este organismo con presupuesto publicado, la mediana es de 30.920,44 €. Esta convocatoria, con 126.396,75 €, queda por encima de esa cifra. Se adjudicó un 1,8 % por debajo del presupuesto de licitación. Cifras calculadas sobre el histórico procesado por Licto, que es parcial.

Cómo calculamos estas cifras →

Preguntas frecuentes

¿Cuántas licitaciones ha publicado Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Navalcarnero?

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Navalcarnero acumula 309 licitaciones registradas en Licto, a partir de los anuncios publicados en las fuentes oficiales que procesamos.

¿Es este presupuesto alto o bajo para Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Navalcarnero?

El presupuesto de licitación es de 126.396,75 €. La mediana de 309 licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Navalcarnero con presupuesto publicado en Licto es de 30.920,44 €.

¿Por cuánto se adjudicó esta licitación de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Navalcarnero?

La adjudicación quedó un 1,8 % por debajo del presupuesto de licitación.

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto