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EvaluaciónTransporte para programas educativos — Exp. 525937-2026
859.649,61 €Ver en TED
Evaluación

Transporte para programas educativos — Exp. 525937-2026

Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad del Ayuntamiento de Madrid · Madrid, Comunidad de Madrid

859.649,61 €
Presupuesto sin IVA(estimado 1.719.299,22 €)
3.2/5
Buena oportunidad

Cómo se calcula el índice de oportunidad →

Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: 300/2026/01222; Órgano de Contratación: Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad del Ayuntamiento de Madrid; Importe: 859649.61 EUR; Estado: EV
Sector
Transporte y movilidad
Tipo
Servicios · Abierto
CPV
60112000Servicios de transporte por la vía pública
Ejecución
Madrid, Comunidad de Madrid
Participación
Presentación: ElectrónicaGarantía: Garantía definitiva 5.00%Variantes: No
Características
SARA
Tramitación
Información previa27 may 2026
Publicada21 jul 2026
Evaluación
Cumplimiento28 jul 2026

Inteligencia competitiva

Profesional

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Perfil de compraPanorama competitivoAlertas y seguimiento

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Órgano de contratación

Criterios de adjudicación

8

Criterios de evaluación

1. oferta económica hasta 70 puntos (70 %)70%
1. oferta económica hasta 70 puntos (70 %).70%
Calidad del protocolo de actuación en caso de accidentes y sus anexos: hasta 15 puntos15%
Calidad del protocolo de actuación en caso de accidentes y sus anexos: hasta 15 puntos.15%
2a. mejoras técnicas : flota de autobuses con capacidad mínima de 60 plazas: hasta 9 puntos9%
2a. mejoras técnicas : flota de autobuses con capacidad mínima de 60 plazas: hasta 9 puntos.9%
2b. mejoras técnicas : taxis adaptados : 6 puntos6%
2b. mejoras técnicas : taxis adaptados : 6 puntos .6%

Requisitos de participación

7

Requisitos del licitador

Requisitos generales

Capacidad de obrarDiscapacidadNo prohibiciónSeguridad SocialObligaciones tributarias

Solvencia técnica

Experiencia en trabajos similares

Se entenderá acreditada la solvencia por el licitador/a que en los últimos tres años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de las ofertas, haya realizado trabajos de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato por un importe anual ejecutado, durante cualquiera de esos tres años, igual o superior a 300.000 euros. A los efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato se atenderá a la coincidencia entre los tres primeros dígitos del código CPV. La acreditación de los trabajos se efectuará, conforme se indica en el artículo 90.1 apartado a) de la LCSP, mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Medios externos de acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional: Conforme a lo establecido en el artículo 75 de la LCSP, los licitadores podrán acreditar los requisitos específicos de solvencia basándose en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestren que durante toda la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurran no esté incursa en una prohibición de contratar.

Umbral: 300.000,00 €

Solvencia económica

Volumen anual de negocios

El licitador deberá acreditar un volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los últimos tres años disponibles (2023, 2024 y 2025) que deberá ser igual o superior a 300.000 euros debiendo acreditarse mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad. Medios alternativos de acreditación de la solvencia económica y financiera: Las entidades licitadoras podrán acreditar la solvencia económica por medios alternativos en los términos del artículo 86.1, párrafo tercero de la LCSP. Si cualquier licitador hiciera uso de esta posibilidad, corresponderá a la Mesa de contratación valorar tanto las circunstancias objetivas concurrentes que le impidan acreditar su solvencia económica, como la suficiencia del medio escogido a efectos de acreditar su solvencia económica.

Umbral: 300.000,00 €

Fuente: TED · Datos tratados por Licto