El objeto del contrato al que se refiere el presente pliego es la prestación del servicio de escuela de educación infantil mediante concesión de servicios, definido en el presente pliego y en el estudio de viabilidad aprobado por el Ayuntamiento de Catadau, de propiedad municipal, no pudiendo los licitadores presentar proposiciones que pudieran implicar la modificación del planeamiento vigente ni el destino a usos diferentes a los autorizados al efecto en el Pliego. La adjudicación del contrato de concesión conlleva la obligación del concesionario de realizar todas y cada una de las labores relativas a la prestación de la ejecución que sean necesarias para llevar a buen término la misma, así como para la puesta en servicio. El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de concesión de servicios, tal y como establece el artículo 15 LCSP 2017. CPV: 80110000-8 “Servicios de enseñanza preescolar”.
Alcaldia del Ayuntamiento de Catadau · Catadau, Valencia/València, Comunitat Valenciana
Cómo se calcula el índice de oportunidad →
Objeto del contrato
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Órgano de contratación
Criterios de adjudicación
3Criterios de evaluación
Requisitos de participación
6Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Experiencia en trabajos similares
a) Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos TRES (3) AÑOS de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato, que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Criterio de selección: Los solicitantes de participación en el procedimiento indicaran en el Documento Europeo Único de Contratación la relación de los servicios o trabajos de igual o similar naturaleza a la que constituye el objeto del contrato durante los tres últimos años (2019,2020 y 2021). Se exigirá al menos la realización de un servicio de igual o similar naturaleza en el curso, como máximo de los 3 últimos años, por un importe anual acumulado en el año de mayor ejecución de al menos 200.835,00 euros, equivalente a una anualidad e valor estimado de la concesión. En el caso de la explotación de establecimientos a los que se refiere el párrafo anterior con contratos que no coincidan con un año natural, a efectos del cumplimiento del criterio de solvencia se considerará cada anualidad contractual. Igualmente, en los contratos celebrados por plazo de varios años, cada año se tomará, a efectos de acreditación del solvencia técnica, como un servicio, siempre que pueda determinarse que el importe anual es igual o superior al establecido en el párrafo anterior. La correspondencia entre los servicios ejecutados por el empresario y los que constituyen el objeto del contrato podrá acreditarse por la igualdad entre los respectivos códigos CPV. La acreditación posterior de este requisito deberá hacerse mediante la presentación de certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación.
XSR-CALIDAD
Para las empresas de nueva creación (entendiendo como tales aquellas que posean una antigüedad inferior a cinco años): medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa. Criterio de selección: Los solicitantes de participación en el procedimiento indicarán en el Documento Europeo Único de Contratación que disponen de un documento que acredite la implantación de un sistema de control, de acuerdo con el APPCC (Análisis de Peligros y Puntos de Control Críticos). Todo esto de conformidad con el Reglamento (CE) nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios. La acreditación posterior de este requisito deberá hacerse mediante la presentación de la documentación acreditativa pertinente.
Solvencia económica
Seguro de responsabilidad civil
O bien, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, por importe igual o superior a 600.000,00 euros, vigente durante toda la ejecución del contrato.
Umbral: 600.000,00 €
Volumen anual de negocios
a) Volumen anual de negocios del licitador en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos (o desde la fecha de inicio de actividad de la empresa si es menor), que deberá ser al menos de importe igual o superior a una anualidad de valor estimado de este contrato (200.835,00 euros).
Umbral: 200.835,00 €
Documentación Técnica
Documentación Legal
Este contrato en su contexto
Alcaldia del Ayuntamiento de Catadau acumula 175 licitaciones registradas en Licto. Sobre 171 licitaciones de este organismo con presupuesto publicado, la mediana es de 3557,95 €. El índice de oportunidad de Licto sitúa esta licitación en 3,2 sobre 5. Cifras calculadas sobre el histórico procesado por Licto, que es parcial.
Cómo calculamos estas cifras →
Preguntas frecuentes
¿Cuántas licitaciones ha publicado Alcaldia del Ayuntamiento de Catadau?
Alcaldia del Ayuntamiento de Catadau acumula 175 licitaciones registradas en Licto, a partir de los anuncios publicados en las fuentes oficiales que procesamos.
¿Cuál es el presupuesto típico de Alcaldia del Ayuntamiento de Catadau?
La mediana de 171 licitaciones de Alcaldia del Ayuntamiento de Catadau con presupuesto publicado en Licto es de 3557,95 €.
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto