Suministro gasóleo B colegios y edificios municipales
Pleno del Ayuntamiento de Pinoso · el Pinós, Alicante/Alacant, Comunitat Valenciana
Cómo se calcula el índice de oportunidad →
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
ProfesionalAnálisis detallado de licitaciones públicas
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Órgano de contratación
Requisitos de participación
4Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Experiencia en trabajos similares
Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, en el curso de los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario público o privado de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Excepcionalmente, cuando el licitador sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará mediante declaración de indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. Para acreditar la solvencia exigida en el caso de uniones temporales de empresas, se acumularán las características acreditadas para cada uno de sus integrantes. En caso de que todas las empresas en UTE estuvieran clasificadas, se atenderá a lo establecido reglamentariamente
Solvencia económica
Seguro de responsabilidad civil
Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al valor estimado total del contrato (art. 87.1b LCSP).
Volumen anual de negocios
Volumen anual de negocios, o bien Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al valor estimado del contrato. Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. También será admisible la declaración del Impuesto de Sociedades. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante la presentación de la Declaración Resumen Anual del Impuesto sobre el Valor Añadido (Modelo 390).
Documentación Técnica
Documentación Legal
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto