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OBRAS “ACTUACIÓN PASOS PEATONALES 2023” que incluye tanto pasos de peatones de nueva creación como la creación de resalto en pasos peatonales ya existentes.
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Ejecución

OBRAS “ACTUACIÓN PASOS PEATONALES 2023” que incluye tanto pasos de peatones de nueva creación como la creación de resalto en pasos peatonales ya existentes.

Junta de Gobierno del Ayuntamiento Sant Joan D Alacant · Alicante/Alacant, Comunitat Valenciana

85.129,33 €
Presupuesto sin IVA
3 meses
Duración

Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: 2810/2024; Órgano de Contratación: Junta de Gobierno del Ayuntamiento Sant Joan D Alacant; Importe: 85129.33 EUR; Estado: EV
Sector
Construcción
Tipo
Obras · Abierto
CPV
45000000Trabajos de construcción
45233222Trabajos de pavimentación y asfaltado
45233262Trabajos de construcción de zonas peatonales
Ejecución
Alicante/Alacant, Comunitat Valenciana · 3 meses
Participación
Presentación: ElectrónicaGarantía: Garantía definitiva 5.00%Variantes: No
Tramitación
Publicada8 abr 2024
Evaluación
Requerimiento pendiente
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

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Órgano de contratación

Criterios de adjudicación

7

Criterios de evaluación

Mejoras40%
Oferta económica25%
Recursos propios10%
Sellos de calidad10%
Analisis para reducir el impacto de la obra y estudio de afecciones al usuario5%
Análisis constructivo de la obra5%
Justificacion de la planificacion de los trabajos y del plazo de ejecución5%

Requisitos de participación

12

Requisitos del licitador

Requisitos generales

Capacidad de obrarNo prohibiciónSin incompatibilidadesSeguridad SocialObligaciones tributariasROLECE

Solvencia técnica

Experiencia en trabajos similares

El contratista podrá acreditar su solvencia presentando la clasificación empresarial o justificando su solvencia conforme a las cláusulas siguientes del art. 88 LC: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, del tipo obras civiles, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia, se requiere que el importe anual acumulado en el año de mejor ejecución el importe sea igual o superior al importe de la obra. b) Declaración indicando el personal técnico u organismos técnicos, estén o no integrados en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras acompañada de los documentos acreditativos correspondientes cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, así como de los técnicos encargados directamente de la misma. d) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. e) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. f) En el caso que los empresarios quieran acreditar su solvencia mediante clasificación empresarial, esta será: GRUPO: G SUBGRUPO: 6 CATEGORÍA: 1

OXR-MEDIOS

El contratista podrá acreditar su solvencia presentando la clasificación empresarial o justificando su solvencia conforme a las cláusulas siguientes del art. 88 LC: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, del tipo obras civiles, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia, se requiere que el importe anual acumulado en el año de mejor ejecución el importe sea igual o superior al importe de la obra. b) Declaración indicando el personal técnico u organismos técnicos, estén o no integrados en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras acompañada de los documentos acreditativos correspondientes cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, así como de los técnicos encargados directamente de la misma. d) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. e) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. f) En el caso que los empresarios quieran acreditar su solvencia mediante clasificación empresarial, esta será: GRUPO: G SUBGRUPO: 6 CATEGORÍA: 1

OXR-PLANTILLA

El contratista podrá acreditar su solvencia presentando la clasificación empresarial o justificando su solvencia conforme a las cláusulas siguientes del art. 88 LC: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, del tipo obras civiles, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia, se requiere que el importe anual acumulado en el año de mejor ejecución el importe sea igual o superior al importe de la obra. b) Declaración indicando el personal técnico u organismos técnicos, estén o no integrados en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras acompañada de los documentos acreditativos correspondientes cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, así como de los técnicos encargados directamente de la misma. d) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. e) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. f) En el caso que los empresarios quieran acreditar su solvencia mediante clasificación empresarial, esta será: GRUPO: G SUBGRUPO: 6 CATEGORÍA: 1

OXR-TITULOS

El contratista podrá acreditar su solvencia presentando la clasificación empresarial o justificando su solvencia conforme a las cláusulas siguientes del art. 88 LC: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, del tipo obras civiles, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia, se requiere que el importe anual acumulado en el año de mejor ejecución el importe sea igual o superior al importe de la obra. b) Declaración indicando el personal técnico u organismos técnicos, estén o no integrados en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras acompañada de los documentos acreditativos correspondientes cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, así como de los técnicos encargados directamente de la misma. d) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. e) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. f) En el caso que los empresarios quieran acreditar su solvencia mediante clasificación empresarial, esta será: GRUPO: G SUBGRUPO: 6 CATEGORÍA: 1

XSR-MUESTRAS

El contratista podrá acreditar su solvencia presentando la clasificación empresarial o justificando su solvencia conforme a las cláusulas siguientes del art. 88 LC: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, del tipo obras civiles, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia, se requiere que el importe anual acumulado en el año de mejor ejecución el importe sea igual o superior al importe de la obra. b) Declaración indicando el personal técnico u organismos técnicos, estén o no integrados en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras acompañada de los documentos acreditativos correspondientes cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, así como de los técnicos encargados directamente de la misma. d) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. e) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. f) En el caso que los empresarios quieran acreditar su solvencia mediante clasificación empresarial, esta será: GRUPO: G SUBGRUPO: 6 CATEGORÍA: 1

Solvencia económica

Volumen anual de negocios

Según el art. 77.1.a) no será necesaria la clasificación empresarial al tratarse de un contrato de obras de importe inferior a 500.000 €.

Este contrato en su contexto

112
licitaciones del organismo
59.086,97 €
presupuesto típico del organismo
mediana de 110 licitaciones
4,5 %
baja de adjudicación
sobre el presupuesto de licitación

Junta de Gobierno del Ayuntamiento Sant Joan D Alacant acumula 112 licitaciones registradas en Licto. Sobre 110 licitaciones de este organismo con presupuesto publicado, la mediana es de 59.086,97 €. Esta convocatoria, con 85.129,33 €, queda por encima de esa cifra. Se adjudicó un 4,5 % por debajo del presupuesto de licitación. Cifras calculadas sobre el histórico procesado por Licto, que es parcial.

Cómo calculamos estas cifras →

Preguntas frecuentes

¿Cuántas licitaciones ha publicado Junta de Gobierno del Ayuntamiento Sant Joan D Alacant?

Junta de Gobierno del Ayuntamiento Sant Joan D Alacant acumula 112 licitaciones registradas en Licto, a partir de los anuncios publicados en las fuentes oficiales que procesamos.

¿Es este presupuesto alto o bajo para Junta de Gobierno del Ayuntamiento Sant Joan D Alacant?

El presupuesto de licitación es de 85.129,33 €. La mediana de 110 licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento Sant Joan D Alacant con presupuesto publicado en Licto es de 59.086,97 €.

¿Por cuánto se adjudicó esta licitación de Junta de Gobierno del Ayuntamiento Sant Joan D Alacant?

La adjudicación quedó un 4,5 % por debajo del presupuesto de licitación.

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto