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EvaluaciónSuministro de monitores de 24" y 27" para la Diputación de Castellón
95.041,20 €Ver en PLACSP
Evaluación

Suministro de monitores de 24" y 27" para la Diputación de Castellón

Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Castellón · Castellón/Castelló, Comunitat Valenciana

95.041,20 €
Presupuesto sin IVA
2 meses
Duración
3.2/5
Buena oportunidad

Cómo se calcula el índice de oportunidad →

Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: 4148/2026; Órgano de Contratación: Presidencia de la Diputación Provincial de Castellón; Importe: 95041.2 EUR; Estado: EV
Sector
Tecnología
Tipo
Suministros · Abierto
CPV
30231310Monitores de pantalla plana
Ejecución
Castellón/Castelló, Comunitat Valenciana · 2 meses
Participación
Presentación: ElectrónicaGarantía: Garantía definitiva 5.00%Variantes: No
Tramitación
Publicada10 jul 2026
Evaluación
Adjudicación
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

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Perfil de compraPanorama competitivoAlertas y seguimiento

Sin tarjeta de crédito · Sin compromiso

Órgano de contratación

Criterios de adjudicación

2

Criterios de evaluación

Precio51%
Calidad: certificación reducción luz azul12%

Lotes y adjudicaciones

2

Lotes

2 lotes · 2 pendientes

Máx. lotes por oferta: 2Máx. lotes por adjudicatario: 2

Pendiente de resolución — seguimos actualizando desde el origen

CPV

PMonitores de pantalla plana

Criterios de evaluación

Precio51%
Calidad: certificación reducción luz azul12%
Brillo superior a 300 nits típicos8%
Calidad: disponibilidad un puerto vga8%
Calidad:disponibilidad eficiencia energética clase b8%
Calidad: contraste superior a 1300:15%

Pendiente de resolución — seguimos actualizando desde el origen

CPV

PMonitores de pantalla plana

Criterios de evaluación

Precio51%
Calidad: certificación reducción luz azul12%
Calidad: disponibilidad de ergonomía avanzada10%
Calidad: disponibilidad eficiencia energética clase c9%
Calidad: contraste superior a 1500:16%
Calidad: disponibilidad un puerto vga4%

Requisitos de participación

7

Requisitos del licitador

Requisitos generales

Capacidad de obrarNo prohibiciónSin incompatibilidadesSeguridad SocialObligaciones tributarias

Solvencia técnica

Experiencia en trabajos similares

Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. La acreditación de la solvencia técnica o profesional se efectuará mediante la relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a g) del articulo 89 de la ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de suministros.

Solvencia económica

Volumen anual de negocios

volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto