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Gerencia de Divalterra S.A. · Valencia/València, Comunitat Valenciana
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Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
ProfesionalAnálisis detallado de licitaciones públicas
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Órgano de contratación
Requisitos de participación
7Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Experiencia en trabajos similares
Se deberá acreditar por los siguientes medios: Realización en los últimos 3 años de al menos 2 contratos análogos al objeto del contrato a entidades de carácter público o privado. Los servicios señalados se acreditarán mediante; Una declaración en la que se relacionen los servicios mencionados. Certificados de buena ejecución emitidos realizados en los últimos 3 años que incluya importe, fechas y el destinario de estos. Cuando exista duda sobre la correspondencia de objeto habrá que remitirse a los dos primeros dígitos de los respectivos códigos CPV para admitir o rechazar la coincidencia. Estos medios de acreditación podrán ser sustituidos por los que consten como acreditativos de solvencia técnica en el certificado de inscripción en el ROLECE o por la acreditación de una clasificación suficiente. La suma de los importes de los servicios aportados como solvencia se limitará a los tres últimos años y deberá ser igual o superior al importe de licitación (3.000€).
Solvencia económica
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Se deberá acreditar por algunos de los siguientes medios: El patrimonio neto del último ejercicio legal de las cuentas anuales: Dicho patrimonio deberá ser de importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación de cada uno de los lotes. El patrimonio neto se acreditará mediante la presentación de las cuentas anuales del último ejercicio en los que exista obligación legal de presentación. Dichos importes serán referidos al año de mayor ejecución dentro de los tres últimos años. O el volumen anual de negocios de la empresa licitadora por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación (3.000€). El volumen anual de negocios que deberá acreditarse mediante la presentación de las cuentas anuales será referido al mayor dentro de los tres últimos años. Tal y como establece el art. 86 de la LCSP, si por alguna razón válida el licitador no estuviera en condiciones de acreditar la solvencia económico-financiera por los medios anteriores, el órgano de contratación podrá autorizar, previa petición del licitador, a acreditar la solvencia económica-financiera por cualquier otro documento que DIVALTERRA, S.A. considere adecuado. El empresario podrá acreditar la solvencia anterior por medios externos siempre que acredite que durante toda la duración del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia. La acreditación de la solvencia por medios externos se realizará en los términos del artículo 75 de la LCSP.
Documentación Técnica
Documentación Legal
Documentación Adicional
Documentación General
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto