Servicio de Asistencia Técnica y Jurídica para la actuación "Programa de Actuación Integrada por gestión directa para urbanizar la Fase II del Sector Sur 17 y la urbanización del corredor verde de Vinaròs".
Pleno del Ayuntamiento de Vinarós · Vinaròs, Castellón/Castelló, Comunitat Valenciana
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
ProfesionalAnálisis detallado de licitaciones públicas
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Órgano de contratación
Criterios de adjudicación
4Criterios de evaluación
Lotes y adjudicaciones
Resultado de la adjudicación
NIF: B96200308
Contrato (sin IVA)
con IVA: 591.690,00 €
Adj. 11 may 2026 · Form. 15 jun 2026 · Inicio 16 jun 2026
2 ofertas (2 PYME) · 489.000,00 € – 556.891,21 €
Requisitos de participación
10Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Personal técnico
El equipo facultativo debe estar constituido por el conjunto de personas físicas con titulación adecuada y suficiente que debe asumir la redacción de los proyectos y resto de documentación técnica, y la dirección de la obra en los aspectos técnicos, económicos y estéticos, de conformidad con el proyecto aprobado, los pliegos y el resto de condiciones del contrato y las autorizaciones administrativas, y que tiene que velar por la aptitud final de la obra de acuerdo con el uso previsto. Los componentes de este equipo multidisciplinario tienen que actuar como asesores, con responsabilidad individualizada de las partes del encargo de sus competencias respectivas y conjuntamente del trabajo contratado. El COORDINADOR DEL EQUIPO debe actuar como coordinador e interlocutor del equipo ante el ayuntamiento, el resto de administraciones y las empresas suministradoras. Los técnicos que intervengan en estos trabajos deberán estar en posesión de la titulación que les capacite de acuerdo con la legislación vigente para poder firmar el trabajo específico realizado. El COORDINADOR DEL EQUIPO, tendrá que validar con su firma todos y cada uno de los documentos que correspondan en cada caso. El equipo facultativo deberá estar formado por los técnicos que se indican en la cláusula 9.2 del PCAP.
Según pliego
Para el caso de que el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por lo dispuesto en el primer punto de este apartado (personal técnico integrado o no en la empresa que participará en el contrato)
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
Se acreditará por los siguientes medios de acuerdo con lo establecido en el art. 87 LCSP: 1.- Si el licitador es una empresa (persona jurídica), el criterio será el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato que referido al año de mayor volumen de negocios dentro de los tres últimos sea al menos de una vez y media el valor estimado del contrato. Este volumen anual de negocios se acreditará por medio de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y para el caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que se hayan inscrito. 2.- Si se trata de profesionales (personas físicas), mediante la disposición de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, vigente hasta la finalización del plazo de presentación de ofertas, que cubra la responsabilidad del equipo facultativo designado, así como la aportación del compromiso de su renovación o prórroga que de garantía al mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Esta póliza deberá de cubrir tanto daños a terceros como cualquier otra eventualidad que pueda surgir durante la vigencia del contrato. La póliza deberá de tener vigencia suficiente para cubrir la responsabilidad del equipo hasta la finalización de la prestación del servicio. La suma del importe de la póliza o pólizas será de al menos 3 veces el valor estimado del contrato. Dado que la responsabilidad civil de los miembros del equipo facultativo es solidaria, los importes de las pólizas individuales de sus miembros podrán acumularse para conseguir el importe mínimo requerido. La acreditación de este requisito se efectuará mediante certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importe y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el compromiso vinculado de suscripción, prórroga o renovación del seguro, cuando proceda.
Umbral: 3,00 €
Documentación Técnica
Documentación Legal
Documentación General
Este contrato en su contexto
Pleno del Ayuntamiento de Vinarós acumula 173 licitaciones registradas en Licto. Sobre 173 licitaciones de este organismo con presupuesto publicado, la mediana es de 78.825,00 €. Esta convocatoria, con 602.044,55 €, queda por encima de esa cifra. Se adjudicó por 489.000,00 €, un 18,8 % por debajo del presupuesto de licitación. Cifras calculadas sobre el histórico procesado por Licto, que es parcial.
Cómo calculamos estas cifras →
Preguntas frecuentes
¿Cuántas licitaciones ha publicado Pleno del Ayuntamiento de Vinarós?
Pleno del Ayuntamiento de Vinarós acumula 173 licitaciones registradas en Licto, a partir de los anuncios publicados en las fuentes oficiales que procesamos.
¿Es este presupuesto alto o bajo para Pleno del Ayuntamiento de Vinarós?
El presupuesto de licitación es de 602.044,55 €. La mediana de 173 licitaciones de Pleno del Ayuntamiento de Vinarós con presupuesto publicado en Licto es de 78.825,00 €.
¿Por cuánto se adjudicó esta licitación de Pleno del Ayuntamiento de Vinarós?
El importe de adjudicación fue de 489.000,00 €, un 18,8 % por debajo del presupuesto de licitación.
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto