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OBRPE25046 Construcción del Centro de Coordinación de medios del Plan INFOEX en Don Benito (Badajoz).
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Evaluación

OBRPE25046 Construcción del Centro de Coordinación de medios del Plan INFOEX en Don Benito (Badajoz).

Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural · Badajoz, Extremadura

729.187,61 €
Presupuesto sin IVA
12 meses
Duración
3.2/5
Buena oportunidad

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Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: PRC/2025/0000086249; Órgano de Contratación: Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural; Importe: 729187.61 EUR; Estado: EV
Sector
Construcción
Tipo
Obras · Abierto simplificado
CPV
45216120Trabajos de construcción de edificios relacionados con los servicios de emergencia
Ejecución
Badajoz, Extremadura · 12 meses
Participación
Presentación: ElectrónicaGarantía: Garantía definitiva 5.00%Variantes: No
Características
Fondos UE
Tramitación
Publicada17 sept 2025
Evaluación
Adjudicación
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

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Perfil de compraPanorama competitivoAlertas y seguimiento

Sin tarjeta de crédito · Sin compromiso

Órgano de contratación

Criterios de adjudicación

6

Criterios de evaluación

Evaluación de la oferta económica60%
Actuaciones que superen los estándares mínimos legales en materia de seguridad y salud10%
Ampliación de garantía10%
Medidas en materia de promoción del empleo10%
Extensión del control de calidad5%
Mejoras de valoración automática5%

Requisitos de participación

4

Requisitos del licitador

Requisitos generales

Capacidad de obrar

Solvencia técnica

Experiencia en trabajos similares

Los empresarios extranjeros de países miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo acreditarán su solvencia económico-financiera y técnica bien presentando certificados de clasificación o similares expedidos por sus Estados o bien deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia que más adelante se refieren. Para los empresarios, no españoles de estados miembros de la Unión Europea o españoles, que no estén clasificados, la solvencia exigida será la siguiente: Solvencia técnica: Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia, los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de las obras pertinentes efectuadas más de cinco años antes. Relación de las obras ejecutadas cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato 510.431,33 €. Las obras ejecutadas por una sociedad extranjera filial del contratista de obras tendrán la misma consideración que las directamente ejecutadas por el propio contratista, siempre que este último ostente directa o indirectamente el control de aquella en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio. Cuando se trate de obras ejecutadas por una sociedad extranjera participada por el contratista sin que se cumpla dicha condición, solo se reconocerá como experiencia atribuible al contratista la obra ejecutada por la sociedad participada en la proporción de la participación de aquel en el capital social de esta. Las obras ejecutadas se acreditarán mediante certificados de buena ejecución, que indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas.

Solvencia económica

Volumen anual de negocios

Los empresarios extranjeros de países miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo acreditarán su solvencia económico-financiera y técnica bien presentando certificados de clasificación o similares expedidos por sus Estados o bien deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia que más adelante se refieren. Para los empresarios, no españoles de estados miembros de la Unión Europea o españoles, que no estén clasificados, la solvencia exigida será la siguiente: Solvencia económica y financiera: En el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos años disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual/superior en una vez el valor estimado del contrato 729.187,61€. El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones y ofertas.

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto