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Este contrato tiene por objeto la ejecución de los trabajos de construcción del proyecto de Urbanización de las Calles “Eras, Argüelles y Cisneros” en la localidad de Montehermoso (Cáceres) conforme al proyecto técnico redactado por José Joaquín Bueso García, Ingeniero Civil, colegiado nº 10.995 de fecha 27/05/2025 y visado con fecha 12/06/2025.
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Evaluación

Este contrato tiene por objeto la ejecución de los trabajos de construcción del proyecto de Urbanización de las Calles “Eras, Argüelles y Cisneros” en la localidad de Montehermoso (Cáceres) conforme al proyecto técnico redactado por José Joaquín Bueso García, Ingeniero Civil, colegiado nº 10.995 de fecha 27/05/2025 y visado con fecha 12/06/2025.

Alcaldía del Ayuntamiento de Montehermoso · Montehermoso, Cáceres, Extremadura

219.299,97 €
Presupuesto sin IVA
3 meses
Duración
4.6/5
Excelente oportunidad

Cómo se calcula el índice de oportunidad →

Objeto del contrato

Descripción
Id licitación: 947/2025; Órgano de Contratación: Alcaldía del Ayuntamiento de Montehermoso; Importe: 219299.97 EUR; Estado: EV
Sector
Construcción
Tipo
Obras · Abierto
CPV
34928500Equipo de alumbrado de calles
44160000Conducciones, canalizaciones, tuberías de revestimiento, tubos y artículos conexos
45211360Trabajos de construcción de desarrollo urbano
45231300Trabajos de construcción de tuberías para agua y aguas residuales
45233252Trabajos de pavimentación de calles
45233290Instalación de señales de tráfico
Ejecución
Montehermoso, Cáceres, Extremadura · 3 meses
Participación
Presentación: ElectrónicaVariantes: No
Tramitación
Publicada8 jul 2025
Evaluación
Adjudicación
Ejecución

Inteligencia competitiva

Profesional

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Perfil de compraPanorama competitivoAlertas y seguimiento

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Órgano de contratación

Criterios de adjudicación

2

Criterios de evaluación

Criterio económico80%
Criterio cualitativo20%

Requisitos de participación

7

Requisitos del licitador

Requisitos generales

Capacidad de obrarNo prohibiciónSin incompatibilidadesSeguridad SocialObligaciones tributarias

Solvencia técnica

Según pliego

En cuanto a la solvencia, el apartado 1 del artículo 65 de la LCSP dispone que solo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional. Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución. Estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. En los contratos cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a f) del artículo 88.1 LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de obras. Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros, la clasificación del empresario en el grupo o subgrupo que en función del objeto del contrato corresponda acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar. En tales casos, el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación como contratista de obras en el grupo o subgrupo de clasificación correspondiente al contrato. En todo caso, la clasificación del empresario en un determinado grupo o subgrupo se tendrá por prueba bastante de su solvencia para los contratos cuyo objeto esté incluido o se corresponda con el ámbito de actividades o trabajos de dicho grupo o subgrupo, y cuyo importe anual medio sea igual o inferior al correspondiente a su categoría de clasificación en el grupo o subgrupo. A tal efecto, en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos deberá indicarse el código o códigos del Vocabulario “Común de los Contratos Públicos” (CPV) correspondientes al objeto del contrato, los cuales determinarán el grupo o subgrupo de clasificación, si lo hubiera, en que se considera incluido el contrato.

Solvencia económica

Volumen anual de negocios

En cuanto a la solvencia, el apartado 1 del artículo 65 de la LCSP dispone que solo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional. El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Cuando una empresa recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, el poder adjudicador podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario. Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado.

Este contrato en su contexto

23
licitaciones del organismo
88.551,04 €
presupuesto típico del sector
mediana de 185.520 licitaciones

Alcaldía del Ayuntamiento de Montehermoso acumula 23 licitaciones registradas en Licto. Sobre 185.520 licitaciones de Construcción con presupuesto publicado, la mediana es de 88.551,04 €. Esta convocatoria, con 219.299,97 €, queda por encima de esa cifra. El índice de oportunidad de Licto sitúa esta licitación en 4,6 sobre 5. Cifras calculadas sobre el histórico procesado por Licto, que es parcial.

Cómo calculamos estas cifras →

Preguntas frecuentes

¿Cuántas licitaciones ha publicado Alcaldía del Ayuntamiento de Montehermoso?

Alcaldía del Ayuntamiento de Montehermoso acumula 23 licitaciones registradas en Licto, a partir de los anuncios publicados en las fuentes oficiales que procesamos.

¿Es este presupuesto alto o bajo para Construcción?

El presupuesto de licitación es de 219.299,97 €. La mediana de 185.520 licitaciones de Construcción con presupuesto publicado en Licto es de 88.551,04 €.

Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto