- El desarrollo, formación, implantación y adaptación de la nueva aplicación del Registro de Aguas en el ámbito de la demarcación hidrográfica de Galicia costa incluye, en términos generales, lo siguiente: • El desarrollo de un sistema de información (SI) que cumpla con el RD 670/2013, de 6 de septiembre, por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico aprobado por el Real decreto 849/1986, de 11 de abril, en materia de registro de aguas y criterios de valoración de daños al dominio público hidráulico. • La interoperabilidad del SI con la Base Central del agua (BCA) del Estado según lo descrito en la Orden AAA/1760/2016, de 28 de octubre, por la que se regula la estructura informática del Registro de Aguas y de la Base Central del agua. • La posibilidad de cargar inscripciones/asientos en el SI con el mismo formato descrito en la Orden AAA/1760/2016. • El desarrollo de una funcionalidad de gestión de la revisión de expedientes e inscripciones. • La carga en el SI de todas las inscripciones existentes en Augas de Galicia de acuerdo con lo exigido en el RD 670/2013. • La posibilidad de emitir certificaciones sobre inscripciones. El procedimiento contará con su formulario de la Sede electrónica de la Xunta de Galicia y contemplará la posibilidad de poder cobrar tasas por la emisión del mismo. • El Registro de Aguas (RA) como registro público permitirá la consulta telemática de los datos públicos. • El SI cumplirá con la normativa en materia de seguridad de la información e interoperabilidad de aplicación. • El SI cumplirá con la imagen corporativa y accesibilidad exigida en la Xunta de Galicia. - La revisión de los expedientes y regularización del Libro de Registro actual en el ámbito territorial de la demarcación hidrográfica de Galicia costa incluye, en términos generales, los trabajos de: • Realizar la planificación de los trabajos indicando las tareas concretas a efectuar. • Obtener datos relativos las inscripciones partiendo del Libro de Registro actual de la demarcación hidrográfica de Galicia costa y de la documentación incluida en los Archivos oficiales de Augas de Galicia. • Analizar la adecuación de los datos en base a las prescripciones del artículo 193 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril. • Revisar en gabinete los expedientes y contrastar o verificar en campo, si fuera preciso, la información obtenida en gabinete. • Proponer la tramitación que proceda tras la revisión de los expedientes. - La asistencia, apoyo y colaboración en la gestión de las tramitaciones sobrevenidas durante el proceso de revisión incluye, en términos generales, los trabajos de apoyo en las gestiones de los expedientes surgidos tras el proceso de revisión. En estos trabajos de asistencia se incluye: • El apoyo en los trabajos para la elaboración del acuerdo de inicio del procedimiento correspondiente y su notificación. • El apoyo en la tramitación: revisión y análisis de documentaciones técnicas, comprobaciones del abono de tasas, colaboración en la apertura de información pública y petición de informes, colaboración en el traslado de informes y alegaciones a los peticionarios. • El apoyo en las visitas de comprobación. • El apoyo en las tareas de resolución de los expedientes. • El apoyo en la tramitación de recursos. • El apoyo en el seguimiento de aprovechamientos vigentes.