Servicio de ayuda a domicilio en el marco de los servicios sociales comunitarios
Alcaldía del Ayuntamiento de Calviá · Illes Balears
Cómo se calcula el índice de oportunidad →
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
ProfesionalAnálisis detallado de licitaciones públicas
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Órgano de contratación
Criterios de adjudicación
3Criterios de evaluación
Requisitos de participación
9Requisitos del licitador
Requisitos generales
Solvencia técnica
Experiencia en trabajos similares
Se acreditará mediante lo establecido en el art. 90.1.a) de la LCSP: Art. 90.1.a): Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, por importe igual o superior 422.597,34. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación.
OXR-MEDIOS
Se acreditará mediante lo establecido en el art. 90.1.h) de la LCSP: Art. 90.1.h) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación.
Solvencia económica
Según pliego
Se acreditará mediante lo establecido en el art. 87.1.a) o 87.1.b) de la LCSP. Art. 87.1.a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior 603.710,49 €, se acreditará mediante la presentación de las cuentas anuales. O Art. 87.1.b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a 603.710,49 €, que se acreditará mediante la póliza o certificado de seguro por riesgos profesionales.
Documentación Técnica
Documentación Legal
Documentación Adicional
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto