Pólizas de aviación
Cómo se calcula el índice de oportunidad →
Objeto del contrato
Inteligencia competitiva
ProfesionalAnálisis detallado de licitaciones públicas
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Órgano de contratación
Criterios de adjudicación
3Criterios de evaluación
Requisitos de participación
2Requisitos del licitador
Solvencia técnica
Experiencia en trabajos similares
Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato de los últimos tres años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. El volumen de promedio de primas de seguro suscritas en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza a las que constituyen el objeto del contrato deberá superar el 80 por ciento de la anualidad media del contrato. El importe mínimo de la solvencia técnica o profesional que debe acreditar el licitador deberá ser al menos de 71.200,00 €. Los licitadores deberán acreditar que el corredor de seguros que aportan dispone de la suficiente solvencia técnica o profesional. La solvencia técnica o profesional de corredor se deberá acreditar, por tanto, mediante la relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato. El importe mínimo de la solvencia técnica o profesional que debe acreditar el corredor de seguros deberá ser al menos de 62.300,00 €.
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido más abajo. Los licitadores deberán acreditar que el corredor de seguros que aportan dispone de la suficiente solvencia económica y financiera.Según el art. 87.1.a) LCSP, la solvencia económica y financiera del corredor se exige por referencia al volumen anual de primas intermediadas referido al mejor ejercicio dentro de los últimos tres ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o inicio de las actividades del empresario, que deberá ser al menos de una vez y media el valor anual medio del contrato
Umbral: 133.500,00 €
Documentación Técnica
Documentación Legal
Documentación General
Fuente: PLACSP · Datos tratados por Licto