Obras para el reforzamiento estructural y reparación de grietas en muros y tabiquería de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de Santa Fe (Granada).
Adjudicada
Estado calculado por Licto a partir de los datos de la fuente; consulta la ficha oficial · Ver ficha oficial (se abre en una pestaña nueva)
- Presupuesto sin IVA
- 99 mil €
- 120 mil € con IVA
- Valor estimado
- 99 mil €
- con prórrogas
Condiciones de la licitación
- Procedimiento
Obras · Abierto simplificado
Duración: 2 meses
- Requisitos de acceso
Solvencia económica: facturación anual de al menos 148.613,74 €
Solvencia técnica: experiencia en trabajos similares
- Garantías
Definitiva: 5 % del importe de adjudicación
- Lotes
Contrato único, sin lotes
- Criterios
No publicado en PLACSPVer PCAP (se abre en una pestaña nueva)
- Dónde se presenta
PLACSP · electrónicaAbrir la licitación en PLACSP (se abre en una pestaña nueva)
Documentos (5)
Acceso libre y gratuito
PCAP
Requisitos, solvencia, criterios y garantías
PPT
Qué hay que hacer y cómo
Objeto del contrato
- Sector
- Construcción
- CPV
- 45223000Trabajos de construcción de estructuras45223200Obras de estructura45261000Trabajos de construcción de cubiertas y estructuras de cerramiento, y trabajos conexos45400000Acabado de edificios45430000Trabajos de revestimiento de suelos y paredes
- Lugar de ejecución
- Santa Fe, Granada, Andalucía
- Características
- Admite variantes
Requisitos de participación4
4 requisitos · solvencia económica, solvencia técnica
Requisitos de participación4
4 requisitos · solvencia económica, solvencia técnica
Requisitos generales
Solvencia técnica
Experiencia en trabajos similares
Se acreditará la solvencia técnica o profesional mediante relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza. El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a: 119.881,75 € Esta relación deberá ir acompañada de los certificados acreditativos correspondientes de buena ejecución; indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. Se exige este criterio de solvencia porque así se refuerza la ejecución del contrario teniendo en cuenta que la empresa ha prestado servicios continuados estos últimos años. En todo caso, conforme a lo dispuesto en el Art.77.1 a) de la LCSP, la solvencia técnica y profesional quedará acreditada automáticamente para el caso de empresas clasificadas inscritas en el Registro de empresas en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público a la fecha de fin de admisión de ofertas, con el código de la clasificación del contratista que corresponda para su inclusión en los pliegos conforme a los grupos, subgrupos y categorías definidas en los artículos 25 y 26 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Para el presente contrato, el código de clasificación es el siguiente: Grupo C, subgrupos: Subgrupo 1. Demoliciones Subgrupo 2. Estructuras de fábrica u hormigón. Subgrupo 3. Estructuras metálicas. Subgrupo 4. Albañilería, revocos y revestidos. Subgrupo 6. Pavimentos, solados y alicatados. Subgrupo 8. Carpintería de madera. Y categoría 1.
XSX-CERTCALIDAD
Según el artículo 88 de la LCSP: En los contratos cuyo valor estimado sea inferior a 500.000€, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiéndose por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refiere las letras b) a f) de dicha ley. Es por ello que se establece lo siguiente para acreditar la solvencia técnica o profesional para las empresas de nueva creación en el caso de que no dispongan la experiencia del resto de empresas licitadores: Deberán aportar el siguiente certificado expedido por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la eficacia del sistema de gestión de la calidad de la empresa para satisfacer los requisitos de sus clientes: ISO 9.001:2015 (Sistema de gestión de calidad) Se pretende que las empresas de nueva creación que liciten tengan acreditado un sistema de gestión de la calidad para afrontar la ejecución del presente contrato dada su complejidad y envergadura. En todo caso, conforme a lo dispuesto en el Art.77.1 a) de la LCSP, la solvencia técnica y profesional quedará acreditada automáticamente para el caso de empresas clasificadas inscritas en el Registro de empresas en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público a la fecha de fin de admisión de ofertas, con el código de la clasificación del contratista que corresponda para su inclusión en los pliegos conforme a los grupos, subgrupos y categorías definidas en los artículos 25 y 26 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Para el presente contrato, el código de clasificación es el siguiente: Grupo C, subgrupos: Subgrupo 1. Demoliciones Subgrupo 2. Estructuras de fábrica u hormigón. Subgrupo 3. Estructuras metálicas. Subgrupo 4. Albañilería, revocos y revestidos. Subgrupo 6. Pavimentos, solados y alicatados. Subgrupo 8. Carpintería de madera. Y categoría 1.
Solvencia económica
Volumen anual de negocios
El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos de: 148.613,74 €. El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Se exige este criterio de solvencia porque así se refuerza el convencimiento de que la empresa está suficientemente dimensionada para la ejecución del contrato facilitando así la participación de pequeñas y medianas empresas. No obstante, conforme a lo dispuesto en el Art.77.1 a) de la LCSP, la solvencia económica y financiera quedará acreditada automáticamente para el caso de empresas clasificadas inscritas en el Registro de empresas en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público a la fecha de fin de admisión de ofertas, con el código de la clasificación del contratista que corresponda para su inclusión en los pliegos conforme a los grupos, subgrupos y categorías definidas en los artículos 25 y 26 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Para el presente contrato, el código de clasificación es el siguiente: Grupo C, subgrupos: Subgrupo 1. Demoliciones Subgrupo 2. Estructuras de fábrica u hormigón. Subgrupo 3. Estructuras metálicas. Subgrupo 4. Albañilería, revocos y revestidos. Subgrupo 6. Pavimentos, solados y alicatados. Subgrupo 8. Carpintería de madera. Y categoría 1.
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Fases
- Publicada 15 mar 2022
- Evaluación
- Requerimiento pendiente
- Adjudicación
- Ejecución
Publicaciones
- 15 mar 2022Anuncio y pliegos publicadosPerfil del Contratante
Órgano de contratación
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Santa Fe
103 licitaciones en Licto
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Condiciones del contrato
Subcontratación
De conformidad con la cláusula 37 del PCAP
Este contrato en su contexto
- expedientes del organismo
- 103
- presupuesto típico del organismo
- 45 mil €
- mediana de 76 licitaciones, sin contratos menores
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Santa Fe acumula 103 expedientes registrados en Licto (licitaciones y contratos menores). Sobre 76 licitaciones de este organismo con presupuesto publicado (sin contratos menores), la mediana es de 45.328,00 €. Esta convocatoria, con 99.075,83 €, queda por encima de esa cifra. Cifras calculadas sobre el histórico procesado por Licto, que es parcial.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos expedientes ha publicado Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Santa Fe?
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Santa Fe acumula 103 expedientes registrados en Licto (licitaciones y contratos menores), a partir de los anuncios publicados en las fuentes oficiales que procesamos.
¿Es este presupuesto alto o bajo para Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Santa Fe?
El presupuesto de licitación es de 99.075,83 €. La mediana de 76 licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Santa Fe con presupuesto publicado (sin contratos menores) en Licto es de 45.328,00 €.
Origen de los datos: Plataforma de Contratación del Sector Público (Ministerio de Hacienda) · Ver anuncio oficial (se abre en una pestaña nueva) · Licencia: Condiciones generales de reutilización del Ministerio de Hacienda (Ley 37/2007) (se abre en una pestaña nueva)
Datos reestructurados y completados por Licto; el estado y los índices son estimaciones de Licto.
Datos tratados por Licto; no implica patrocinio ni apoyo de la fuente.
Comprobado por Licto el 15 oct 2026 a las 08:29 h