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Ejecución de una instalación solar fotovoltaica para autoconsumo de 250 kW (289,08 kWp) en la Consejería de la Presidencia de la Junta de Castilla y León de Valladolid, según proyecto aprobado. Financiado con fondos FEDER.

Ente Regional de la Energía de Castilla y León

Plazo cerrado· pendiente de adjudicación

Estado calculado por Licto a partir de los datos de la fuente; consulta la ficha oficial · Ver ficha oficial (se abre en una pestaña nueva)

Plazo cerrado el

13 oct 2026

23:59 h (hora de Madrid)

Presupuesto sin IVA
495 mil €
599 mil € con IVA
Valor estimado
495 mil €
con prórrogas

Último dato de la fuente: 23 oct 2026

Condiciones de la licitación

Procedimiento

Obras · Abierto

Duración: 5 meses

Requisitos de acceso

Clasificación exigida: grupo I, subgrupo 2, categoría 3

Solvencia económica: facturación anual de al menos 494.647,69 €

Solvencia técnica: experiencia en trabajos similares

Garantías

Definitiva: 5 % del importe de adjudicación

Lotes

Contrato único, sin lotes

Criterios

55 % precio · 45 % otros automáticos

Documentos (14)

Acceso libre y gratuito

Objeto del contrato

Sector
Construcción
CPV
45300000Trabajos de instalación en edificios
Lugar de ejecución
Valladolid, Castilla y León
Características
Fondos UESin variantes

Criterios de adjudicación4

4 criterios · 55 % precio, 45 % otros automáticos

Criterios de evaluación

Oferta económica55%
Suministro de inversores fotovoltaicos para reposición25%
Suministro de módulos solares fotovoltaicos para reposición15%
Oferta de formación al personal del centro5%

Requisitos de participación11

11 requisitos · clasificación, solvencia económica, solvencia técnica

Requisitos generales

Capacidad de obrarDiscapacidadNo prohibiciónSin incompatibilidadesSeguridad SocialObligaciones tributariasEmpresas extranjeras

Solvencia técnica

Experiencia en trabajos similares

1.Relación de las obras ejecutadas en el curso de los 5 últimos años, avalada por certificados de buena ejecución (art 88.1.a) LCSP. Para empresas extranjeras comunitarias, a efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que conforman el objeto del contrato se atenderá a la coincidencia con los 3 primeros dígitos de los códigos CPV del contrato y se exigirá que el importe anual ejecutado de estas obras en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 494.647,69 eu. Estos certificados indicarán el importe, fechas y lugar de ejecución de las obras y se indicará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. Dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. En todo caso se exige que entre las obras ejecutadas se hayan realizado al menos 3 instalaciones FVA de 200 kW de potencia nominal cada una. Esta exigencia se encuentra directamente vinculada al objeto del contrato y se establece al amparo de los art. 74 y 88 LCSP, al ser un medio adecuado para acreditar la solvencia técnica necesaria para la correcta ejecución de las prestaciones contratadas. Esto permite verificar que el licitador dispone de experiencia previa en la ejecución de instalaciones FVA de entidad y complejidad técnica comparables a las que forman el objeto del contrato. Además, la exigencia de haber ejecutado al menos 3 instalaciones de estas características acredita una experiencia suficiente y consolidada en este tipo de actuaciones. Se considera, por tanto, un requisito adecuado, necesario y proporcionado a la naturaleza, caracteristicas y complejidad de las prestaciones objeto del contrato, sin que suponga una restricción injustificada de la concurrencia. 2. De acuerdo con el art. 88.2 LCSP, en el caso de una empresa de nueva creación (antigüedad inferior a 5 años), la solvencia técnica se acreditará con el medio previsto en el art. 88.1.e), debiendo contar con una plantilla media anual de tres trabajadores, siendo uno de ellos el directivo. La acreditación se realizará mediante declaración responsable del representante de la empresa, que abarque los tres últimos años, sin perjuicio de que el órgano de contratación pueda requerir documentación justificativa. Además, deberá acreditar la disponibilidad de los medios personales mínimos exigidos en el apartado siguiente.

Personal técnico

1.Relación de las obras ejecutadas en el curso de los 5 últimos años, avalada por certificados de buena ejecución (art 88.1.a) LCSP. Para empresas extranjeras comunitarias, a efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que conforman el objeto del contrato se atenderá a la coincidencia con los 3 primeros dígitos de los códigos CPV del contrato y se exigirá que el importe anual ejecutado de estas obras en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 494.647,69 eu. Estos certificados indicarán el importe, fechas y lugar de ejecución de las obras y se indicará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. Dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. En todo caso se exige que entre las obras ejecutadas se hayan realizado al menos 3 instalaciones FVA de 200 kW de potencia nominal cada una. Esta exigencia se encuentra directamente vinculada al objeto del contrato y se establece al amparo de los art. 74 y 88 LCSP, al ser un medio adecuado para acreditar la solvencia técnica necesaria para la correcta ejecución de las prestaciones contratadas. Esto permite verificar que el licitador dispone de experiencia previa en la ejecución de instalaciones FVA de entidad y complejidad técnica comparables a las que forman el objeto del contrato. Además, la exigencia de haber ejecutado al menos 3 instalaciones de estas características acredita una experiencia suficiente y consolidada en este tipo de actuaciones. Se considera, por tanto, un requisito adecuado, necesario y proporcionado a la naturaleza, caracteristicas y complejidad de las prestaciones objeto del contrato, sin que suponga una restricción injustificada de la concurrencia. 2. De acuerdo con el art. 88.2 LCSP, en el caso de una empresa de nueva creación (antigüedad inferior a 5 años), la solvencia técnica se acreditará con el medio previsto en el art. 88.1.e), debiendo contar con una plantilla media anual de tres trabajadores, siendo uno de ellos el directivo. La acreditación se realizará mediante declaración responsable del representante de la empresa, que abarque los tres últimos años, sin perjuicio de que el órgano de contratación pueda requerir documentación justificativa. Además, deberá acreditar la disponibilidad de los medios personales mínimos exigidos en el apartado siguiente.

Solvencia económica

Volumen anual de negocios

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al ejercicio de mayor volumen de negocio de los tres últimos disponibles deberá ser al menos 494.647,69 euros (equivalente al valor estimado del contrato). El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

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Tramitación y cambios

Evaluación · sin actualizaciones · 1 aclaración

Fases

  1. Información previa 15 sept 2026
  2. Publicada 16 sept 2026
  3. Evaluación
  4. Adjudicación
  5. Ejecución

Publicaciones

  1. 16 sept 2026Anuncio y pliegos publicadosPerfil del contratante
  2. 15 sept 2026Anuncio previoPerfil del contratante
Todas las publicaciones en PLACSP (se abre en una pestaña nueva)
Aclaraciones y respuestas (1) en Documentos

Órgano de contratación

Ente Regional de la Energía de Castilla y León

Administración autonómicaLeón, Castilla y León

381 licitaciones en Licto

Adjudicaciones anteriores en este sector

Últimas 5 adjudicaciones del órgano con CPV 45

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Condiciones del contrato

Requisitos de ejecución

  • 2Consideraciones de tipo social — Incorpora clausulas sociales.
  • 1Consideraciones de tipo medioambiental — En condiciones especiales de ejecución.

Este contrato en su contexto

expedientes del organismo
381
presupuesto típico del organismo
100 mil €
mediana de 55 licitaciones, sin contratos menores

Ente Regional de la Energía de Castilla y León acumula 381 expedientes registrados en Licto (licitaciones y contratos menores). Sobre 55 licitaciones de este organismo con presupuesto publicado (sin contratos menores), la mediana es de 99.943,19 €. Esta convocatoria, con 494.647,69 €, queda por encima de esa cifra. Cifras calculadas sobre el histórico procesado por Licto, que es parcial.

Cómo se calcula →

Preguntas frecuentes

¿Cuántos expedientes ha publicado Ente Regional de la Energía de Castilla y León?

Ente Regional de la Energía de Castilla y León acumula 381 expedientes registrados en Licto (licitaciones y contratos menores), a partir de los anuncios publicados en las fuentes oficiales que procesamos.

¿Es este presupuesto alto o bajo para Ente Regional de la Energía de Castilla y León?

El presupuesto de licitación es de 494.647,69 €. La mediana de 55 licitaciones de Ente Regional de la Energía de Castilla y León con presupuesto publicado (sin contratos menores) en Licto es de 99.943,19 €.

Origen de los datos: Plataforma de Contratación del Sector Público (Ministerio de Hacienda) · Ver anuncio oficial (se abre en una pestaña nueva) · Licencia: Condiciones generales de reutilización del Ministerio de Hacienda (Ley 37/2007) (se abre en una pestaña nueva)

Datos reestructurados y completados por Licto; el estado y los índices son estimaciones de Licto.

Datos tratados por Licto; no implica patrocinio ni apoyo de la fuente.

Último dato de la fuente: 23 oct 2026 · Comprobado por Licto el 24 oct 2026 a las 06:21 h

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