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OBRAS “ACTUACIÓN PASOS PEATONALES 2023” que incluye tanto pasos de peatones de nueva creación como la creación de resalto en pasos peatonales ya existentes.

Junta de Gobierno del Ayuntamiento Sant Joan D Alacant

Adjudicada

Estado calculado por Licto a partir de los datos de la fuente; consulta la ficha oficial · Ver ficha oficial (se abre en una pestaña nueva)

Adjudicataria

Mediterráneo de Obras y Asfaltos SA

Alicante, Comunitat Valenciana

81 mil €

4,5 % bajo el presupuesto

4 ofertas · media del sector 4,4

Presupuesto sin IVA
85 mil €
103 mil € con IVA
Valor estimado
85 mil €
con prórrogas

Condiciones de la licitación

Procedimiento

Obras · Abierto

Tramitación urgenteplazos reducidos

Duración: 3 meses

Requisitos de acceso

Solvencia económica: facturación anual de al menos 500.000,00 €

Solvencia técnica: experiencia en trabajos similares

Solvencia técnica: según PCAP

Garantías

Definitiva: 5 % del importe de adjudicación

Lotes

Contrato único, sin lotes

Criterios

No publicado en PLACSPVer PCAP (se abre en una pestaña nueva)

Documentos (11)

Acceso libre y gratuito

Objeto del contrato

Sector
Construcción
CPV
45000000Trabajos de construcción
45233222Trabajos de pavimentación y asfaltado
45233262Trabajos de construcción de zonas peatonales
Lugar de ejecución
Alicante/Alacant, Comunitat Valenciana
Características
Sin variantes

Lotes y adjudicaciones

Mediterráneo de Obras y Asfaltos SA

Alicante, Comunitat Valenciana

81.298,51 €

Contrato (sin IVA)

4 ofertas

Requisitos de participación12

12 requisitos · solvencia económica, solvencia técnica

Requisitos generales

Capacidad de obrarNo prohibiciónSin incompatibilidadesSeguridad SocialObligaciones tributariasROLECE

Solvencia técnica

Experiencia en trabajos similares

El contratista podrá acreditar su solvencia presentando la clasificación empresarial o justificando su solvencia conforme a las cláusulas siguientes del art. 88 LC: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, del tipo obras civiles, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia, se requiere que el importe anual acumulado en el año de mejor ejecución el importe sea igual o superior al importe de la obra. b) Declaración indicando el personal técnico u organismos técnicos, estén o no integrados en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras acompañada de los documentos acreditativos correspondientes cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, así como de los técnicos encargados directamente de la misma. d) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. e) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. f) En el caso que los empresarios quieran acreditar su solvencia mediante clasificación empresarial, esta será: GRUPO: G SUBGRUPO: 6 CATEGORÍA: 1

OXR-MEDIOS

El contratista podrá acreditar su solvencia presentando la clasificación empresarial o justificando su solvencia conforme a las cláusulas siguientes del art. 88 LC: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, del tipo obras civiles, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia, se requiere que el importe anual acumulado en el año de mejor ejecución el importe sea igual o superior al importe de la obra. b) Declaración indicando el personal técnico u organismos técnicos, estén o no integrados en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras acompañada de los documentos acreditativos correspondientes cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, así como de los técnicos encargados directamente de la misma. d) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. e) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. f) En el caso que los empresarios quieran acreditar su solvencia mediante clasificación empresarial, esta será: GRUPO: G SUBGRUPO: 6 CATEGORÍA: 1

OXR-PLANTILLA

El contratista podrá acreditar su solvencia presentando la clasificación empresarial o justificando su solvencia conforme a las cláusulas siguientes del art. 88 LC: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, del tipo obras civiles, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia, se requiere que el importe anual acumulado en el año de mejor ejecución el importe sea igual o superior al importe de la obra. b) Declaración indicando el personal técnico u organismos técnicos, estén o no integrados en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras acompañada de los documentos acreditativos correspondientes cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, así como de los técnicos encargados directamente de la misma. d) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. e) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. f) En el caso que los empresarios quieran acreditar su solvencia mediante clasificación empresarial, esta será: GRUPO: G SUBGRUPO: 6 CATEGORÍA: 1

OXR-TITULOS

El contratista podrá acreditar su solvencia presentando la clasificación empresarial o justificando su solvencia conforme a las cláusulas siguientes del art. 88 LC: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, del tipo obras civiles, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia, se requiere que el importe anual acumulado en el año de mejor ejecución el importe sea igual o superior al importe de la obra. b) Declaración indicando el personal técnico u organismos técnicos, estén o no integrados en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras acompañada de los documentos acreditativos correspondientes cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, así como de los técnicos encargados directamente de la misma. d) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. e) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. f) En el caso que los empresarios quieran acreditar su solvencia mediante clasificación empresarial, esta será: GRUPO: G SUBGRUPO: 6 CATEGORÍA: 1

XSR-MUESTRAS

El contratista podrá acreditar su solvencia presentando la clasificación empresarial o justificando su solvencia conforme a las cláusulas siguientes del art. 88 LC: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, del tipo obras civiles, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia, se requiere que el importe anual acumulado en el año de mejor ejecución el importe sea igual o superior al importe de la obra. b) Declaración indicando el personal técnico u organismos técnicos, estén o no integrados en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras acompañada de los documentos acreditativos correspondientes cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, así como de los técnicos encargados directamente de la misma. d) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. e) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. f) En el caso que los empresarios quieran acreditar su solvencia mediante clasificación empresarial, esta será: GRUPO: G SUBGRUPO: 6 CATEGORÍA: 1

Solvencia económica

Volumen anual de negocios

Según el art. 77.1.a) no será necesaria la clasificación empresarial al tratarse de un contrato de obras de importe inferior a 500.000 €.

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Tramitación y cambios

Ejecución · 1 actualización del anuncio o los pliegos

Fases

  1. Publicada 8 abr 2024
  2. Evaluación
  3. Requerimiento pendiente
  4. Ejecución

Publicaciones

  1. 23 abr 2024Pliegos actualizadosPerfil del Contratante
  2. 8 abr 2024Anuncio y pliegos publicadosPerfil del Contratante
Todas las publicaciones en PLACSP (se abre en una pestaña nueva)

Órgano de contratación

Junta de Gobierno del Ayuntamiento Sant Joan D Alacant

Administración localSant Joan d'Alacant, Comunitat Valenciana

404 licitaciones en Licto

Adjudicaciones anteriores en este sector

Últimas 5 adjudicaciones del órgano con CPV 45

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Condiciones del contrato

Requisitos de ejecución

  • 2Consideraciones de tipo social — Accesibilidad universal y diseño para todas las personas. Se valorará la integración de la accesibilidad universal y el diseño para todas las personas.

Este contrato en su contexto

expedientes del organismo
404
presupuesto típico del organismo
89 mil €
mediana de 113 licitaciones, sin contratos menores
baja de adjudicación
4,5 %
bajo el presupuesto de licitación

Junta de Gobierno del Ayuntamiento Sant Joan D Alacant acumula 404 expedientes registrados en Licto (licitaciones y contratos menores). Sobre 113 licitaciones de este organismo con presupuesto publicado (sin contratos menores), la mediana es de 88.800,00 €. Esta convocatoria, con 85.129,33 €, se sitúa en esa misma franja. Se adjudicó por 81.298,51 €, un 4,5 % por debajo del presupuesto de licitación. Cifras calculadas sobre el histórico procesado por Licto, que es parcial.

Cómo se calcula →

Preguntas frecuentes

¿Cuántos expedientes ha publicado Junta de Gobierno del Ayuntamiento Sant Joan D Alacant?

Junta de Gobierno del Ayuntamiento Sant Joan D Alacant acumula 404 expedientes registrados en Licto (licitaciones y contratos menores), a partir de los anuncios publicados en las fuentes oficiales que procesamos.

¿Es este presupuesto alto o bajo para Junta de Gobierno del Ayuntamiento Sant Joan D Alacant?

El presupuesto de licitación es de 85.129,33 €. La mediana de 113 licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento Sant Joan D Alacant con presupuesto publicado (sin contratos menores) en Licto es de 88.800,00 €.

¿Por cuánto se adjudicó esta licitación de Junta de Gobierno del Ayuntamiento Sant Joan D Alacant?

El importe de adjudicación fue de 81.298,51 €, un 4,5 % por debajo del presupuesto de licitación.

Origen de los datos: Plataforma de Contratación del Sector Público (Ministerio de Hacienda) · Ver anuncio oficial (se abre en una pestaña nueva) · Licencia: Condiciones generales de reutilización del Ministerio de Hacienda (Ley 37/2007) (se abre en una pestaña nueva)

Datos reestructurados y completados por Licto; el estado y los índices son estimaciones de Licto.

Datos tratados por Licto; no implica patrocinio ni apoyo de la fuente.

Comprobado por Licto el 15 oct 2026 a las 11:23 h

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