Para participar en una licitación pública tienes que poder contratar con el sector público —plena capacidad de obrar, ninguna prohibición de contratar y la solvencia que pidan los pliegos o, cuando se exija, la clasificación— y presentar la oferta por medios electrónicos antes de que acabe el plazo del anuncio. Pueden hacerlo tanto personas físicas (autónomos) como jurídicas, y algunos procedimientos, como el contrato menor o el abierto simplificado, tienen menos trámites.
Requisitos para poder contratar
Solo pueden contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional o, cuando la ley lo exija, estén debidamente clasificadas (art. 65.1 LCSP (se abre en una pestaña nueva)). Además, debes contar con la habilitación empresarial o profesional que sea exigible para la prestación (art. 65.2 LCSP (se abre en una pestaña nueva)).
Entre las prohibiciones de contratar está no hallarse al corriente de las obligaciones tributarias o de Seguridad Social (art. 71.1.d LCSP (se abre en una pestaña nueva)). Antes de presentarte, comprueba que estás al corriente de ambas.
Solvencia y clasificación
- Solvencia. Es el nivel mínimo de capacidad económica y técnica que fija el órgano de contratación. Se indica en el anuncio de licitación y en el pliego, y debe estar vinculada al objeto del contrato y ser proporcional (art. 74.2 LCSP (se abre en una pestaña nueva)). Por ejemplo, el volumen anual de negocios mínimo que se exija no puede exceder de una vez y media el valor estimado del contrato, salvo casos debidamente justificados (art. 87.1.a LCSP (se abre en una pestaña nueva)).
- Clasificación. Solo es requisito indispensable en los contratos de obras de valor estimado igual o superior a 500.000 euros. En los contratos de servicios no es exigible, y tampoco en los demás tipos de contrato (art. 77.1 LCSP (se abre en una pestaña nueva)). Donde no es obligatoria, puedes acreditar la solvencia con la clasificación o con los requisitos específicos del pliego, indistintamente.
- Registro de licitadores. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acredita ante todos los órganos de contratación, salvo prueba en contrario, lo que conste en él sobre tu personalidad, representación, solvencia, clasificación y ausencia de prohibiciones (art. 96.1 LCSP (se abre en una pestaña nueva)). En el procedimiento abierto simplificado hay que estar inscrito en la fecha final de presentación de ofertas, o haber solicitado la inscripción antes de esa fecha (art. 159.4.a LCSP (se abre en una pestaña nueva)).
- Apoyarte en otros. Para acreditar la solvencia puedes basarte en los medios de otras entidades, si demuestras que dispondrás de ellos durante todo el contrato (art. 75.1 LCSP (se abre en una pestaña nueva)), o concurrir con otras empresas en una unión temporal (art. 69 LCSP (se abre en una pestaña nueva)).
Qué procedimiento se usa y qué cambia para ti
- Contrato menor. Contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros en obras o a 15.000 euros en suministros y servicios (art. 118.1 LCSP (se abre en una pestaña nueva)). Pueden adjudicarse directamente a cualquier empresa con capacidad de obrar y habilitación profesional (art. 131.3 LCSP (se abre en una pestaña nueva)); el expediente exige un informe motivado del órgano de contratación, la aprobación del gasto y la factura (art. 118.2 LCSP (se abre en una pestaña nueva) y art. 118.3 LCSP (se abre en una pestaña nueva)). No se puede fraccionar un contrato para eludir estos umbrales (art. 99.2 LCSP (se abre en una pestaña nueva)).
- Procedimiento abierto. Es el procedimiento ordinario junto con el restringido (art. 131.2 LCSP (se abre en una pestaña nueva)): cualquier empresa interesada puede presentar una proposición y no hay negociación de los términos del contrato (art. 156.1 LCSP (se abre en una pestaña nueva)).
- Procedimiento abierto simplificado. Para obras de valor estimado de hasta 2.000.000 de euros y para suministros y servicios por debajo de los umbrales que la ley remite a los arts. 21.1.a y 22.1.a y sus actualizaciones (140.000 euros desde el 1 de enero de 2026, según la Orden HAC/1517/2025 (se abre en una pestaña nueva)). Solo se puede usar si los criterios evaluables mediante juicio de valor no superan el 25 % del total (45 % en prestaciones intelectuales) (art. 159.1 LCSP (se abre en una pestaña nueva)). El anuncio solo se publica en el perfil del contratante (art. 159.2 LCSP (se abre en una pestaña nueva)), no hay garantía provisional y la oferta lleva una declaración responsable (art. 159.4 LCSP (se abre en una pestaña nueva)).
- Abierto simplificado «súper simplificado». Una variante para obras de valor estimado inferior a 80.000 euros y suministros y servicios inferior a 60.000 euros, salvo prestaciones intelectuales: se exime de acreditar la solvencia, la oferta va en un único sobre con criterios evaluables por fórmula y no se exige garantía definitiva (art. 159.6 LCSP (se abre en una pestaña nueva)).
Existen además el procedimiento restringido, la licitación con negociación, el diálogo competitivo, la asociación para la innovación y el negociado sin publicidad, este último solo en los casos tasados por la ley; el Punto de Acceso General los resume en su página de procedimientos de adjudicación (se abre en una pestaña nueva).
Cómo se compite en la práctica, con datos de Licto
Por tipo de procedimiento, en las licitaciones de Licto que lo declaran (1.223.617 licitaciones, sin contratos menores): abierto 47,3 %, abierto simplificado 27,0 %, negociado sin publicidad 8,0 %, basado en acuerdo marco 7,5 %, otros 4,8 % y otros procedimientos 5,4 %.
- Abierto47,3 %
- Abierto simplificado27,0 %
- Negociado sin publicidad8,0 %
- Basado en acuerdo marco7,5 %
- Otros4,8 %
- Otros procedimientos5,4 %
Datos de Licto a · 1.223.617 licitaciones, todo el histórico procesado · cómo se calcula · Fuentes: PLACSP y plataformas autonómicas
De las licitaciones con concurrencia real y número de ofertas conocido (497.038 licitaciones), el 34,9 % recibió una sola oferta (todo el histórico que Licto ha procesado).
Datos de Licto a · 497.038 licitaciones, todo el histórico procesado · cómo se calcula · Fuentes: PLACSP y plataformas autonómicas
Competencia por sector
Licitaciones con concurrencia real de todo el histórico que Licto ha procesado, por orden alfabético.
- I+D y ciencia47,0 %
- Sanidad45,7 %
- Alimentación y agricultura42,0 %
- Tecnología41,8 %
- Cultura y deporte41,0 %
- Transporte y movilidad40,8 %
- Mantenimiento y reparaciones39,6 %
- Mobiliario y equipamiento35,8 %
- Suministros industriales35,8 %
- Servicios empresariales35,1 %
- Seguridad y defensa34,9 %
- Energía32,6 %
- Educación32,5 %
- Medio ambiente26,7 %
- Construcción25,8 %
- Ingeniería y arquitectura24,0 %
| Sector | Adjudicatarias pyme | Con una sola oferta |
|---|---|---|
| EspañaTodos los sectores | 56,9 %de 296.441 licitaciones | 34,9 %de 497.038 licitaciones |
| Alimentación y agricultura | 67,1 %de 11.404 licitaciones | 42,0 %de 17.184 licitaciones |
| Construcción | 69,7 %de 50.365 licitaciones | 25,8 %de 94.483 licitaciones |
| Cultura y deporte | 73,5 %de 7.247 licitaciones | 41,0 %de 14.133 licitaciones |
| Educación | 76,6 %de 6.700 licitaciones | 32,5 %de 11.959 licitaciones |
| Energía | 39,8 %de 12.573 licitaciones | 32,6 %de 16.592 licitaciones |
| I+D y ciencia | 49,1 %de 839 licitaciones | 47,0 %de 1.529 licitaciones |
| Ingeniería y arquitectura | 63,0 %de 18.150 licitaciones | 24,0 %de 33.085 licitaciones |
| Mantenimiento y reparaciones | 53,3 %de 25.954 licitaciones | 39,6 %de 40.294 licitaciones |
| Medio ambiente | 49,0 %de 17.137 licitaciones | 26,7 %de 27.789 licitaciones |
| Mobiliario y equipamiento | 66,6 %de 18.088 licitaciones | 35,8 %de 28.635 licitaciones |
| Sanidad | 42,0 %de 31.113 licitaciones | 45,7 %de 45.333 licitaciones |
| Seguridad y defensa | 52,6 %de 6.002 licitaciones | 34,9 %de 9.973 licitaciones |
| Servicios empresariales | 54,1 %de 24.218 licitaciones | 35,1 %de 42.344 licitaciones |
| Suministros industriales | 66,9 %de 10.082 licitaciones | 35,8 %de 15.455 licitaciones |
| Tecnología | 40,9 %de 32.915 licitaciones | 41,8 %de 49.719 licitaciones |
| Transporte y movilidad | 63,8 %de 22.462 licitaciones | 40,8 %de 32.024 licitaciones |
Datos de Licto a · 497.038 licitaciones en España, todo el histórico procesado · cómo se calcula · Fuentes: PLACSP y plataformas autonómicas
Plazo mínimo para presentar la oferta
- Abierto con regulación armonizada: no inferior a 35 días desde el envío del anuncio a la Oficina de Publicaciones de la UE, 30 en concesiones (art. 156.2 LCSP (se abre en una pestaña nueva)). Se puede reducir en cinco días si se aceptan ofertas electrónicas, y en otros casos que prevé el art. 156.3 LCSP (se abre en una pestaña nueva).
- Abierto sin regulación armonizada, en contratos de las Administraciones Públicas: no inferior a 15 días desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el perfil del contratante, y a 26 días en obras y concesiones (art. 156.6 LCSP (se abre en una pestaña nueva)).
- Abierto simplificado: no inferior a 15 días, y a 20 en obras (art. 159.3 LCSP (se abre en una pestaña nueva)). En la variante «súper simplificada», 10 días hábiles, o 5 días hábiles en compras corrientes de bienes disponibles en el mercado (art. 159.6.a LCSP (se abre en una pestaña nueva)).
Los plazos por días de la ley son naturales salvo que se indique que son hábiles; si el último día es inhábil, se prorroga al primer día hábil siguiente (disposición adicional duodécima LCSP (se abre en una pestaña nueva)). El órgano de contratación puede fijar un plazo mayor que el mínimo: el que vale es el del anuncio y los pliegos de cada licitación.
Cómo se presenta la oferta
- Por medios electrónicos. La tramitación de los procedimientos de adjudicación conlleva notificaciones y comunicaciones exclusivamente electrónicas (disposición adicional decimoquinta LCSP (se abre en una pestaña nueva)), y el Punto de Acceso General indica que la presentación de ofertas ha de ser electrónica salvo excepciones. El sistema de licitación electrónica que debes usar figura en los pliegos.
- Con firma electrónica. La oferta se firma con un certificado electrónico o DNI electrónico; la mecánica depende del sistema de licitación empleado (Punto de Acceso General (se abre en una pestaña nueva)).
- Con una declaración responsable. En el procedimiento abierto, la proposición va acompañada de una declaración responsable ajustada al formulario del Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) (art. 140.1.a LCSP (se abre en una pestaña nueva)). En ella declaras que la empresa está válidamente constituida y su firmante tiene representación, que cumples la solvencia o la clasificación y que no estás en prohibición de contratar, e indicas una dirección de correo electrónico habilitada para las notificaciones (art. 140.1.a LCSP (se abre en una pestaña nueva)). En el abierto simplificado el DEUC no es necesario: la declaración va en el modelo de oferta del pliego (art. 159.4.c LCSP (se abre en una pestaña nueva)).
- En uno o dos sobres. Cuando se utilizan varios criterios de adjudicación, la ley prevé presentar la proposición en dos sobres o archivos electrónicos: uno con lo que se valora por juicio de valor y otro con lo valorable mediante fórmulas (art. 157.2 LCSP (se abre en una pestaña nueva)).
Qué pasa después de presentar la oferta
- La mesa de contratación clasifica las ofertas por orden decreciente según los criterios del pliego (art. 150.1 LCSP (se abre en una pestaña nueva)). Cuando el único criterio es el precio, la mejor oferta es la de precio más bajo.
- Si tu oferta es la mejor, te requerirán la documentación que acredita tu aptitud y solvencia en 10 días hábiles (7 días hábiles en el abierto simplificado, art. 159.4.f LCSP (se abre en una pestaña nueva)). Si no la presentas correctamente, se entiende que retiras la oferta y se te exige una penalidad del 3 % del presupuesto base de licitación, IVA excluido (art. 150.2 LCSP (se abre en una pestaña nueva)).
- En los contratos de las Administraciones Públicas, quien presenta la mejor oferta debe constituir una garantía definitiva del 5 % del precio final ofertado, IVA excluido, salvo que el pliego lo exima (art. 107.1 LCSP (se abre en una pestaña nueva)).
Los plazos de adjudicación y formalización están explicados en cuánto tarda la Administración en adjudicar.
Preguntas frecuentes
¿Puede un autónomo presentarse a una licitación pública?
Sí. La ley permite contratar con el sector público a las personas naturales o jurídicas con plena capacidad de obrar, sin prohibición de contratar y con la solvencia o clasificación que se exija (art. 65.1 LCSP). Un autónomo es una persona natural.
¿Necesito estar clasificado para presentarme?
Solo en los contratos de obras de valor estimado igual o superior a 500.000 euros. En los contratos de servicios y en los demás tipos de contrato la clasificación no es exigible (art. 77.1 LCSP): bastan los requisitos de solvencia que fije el pliego.
¿Qué es un contrato menor?
Un contrato de valor estimado inferior a 40.000 euros en obras o a 15.000 euros en suministros y servicios (art. 118.1 LCSP). Puede adjudicarse directamente a una empresa con capacidad de obrar y habilitación profesional, sin licitación abierta.
¿Hace falta certificado digital para presentar una oferta?
Sí: la oferta se presenta por medios electrónicos y se firma electrónicamente, para lo que necesitas un certificado digital o DNI electrónico (Punto de Acceso General). Los pliegos indican qué sistema de licitación electrónica hay que usar.
¿Qué pasa si no presento la documentación que me piden cuando mi oferta es la mejor?
Se entiende que has retirado la oferta y se te exige el 3 % del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad; se pide la misma documentación al siguiente licitador por orden de clasificación (art. 150.2 LCSP).
Fuentes
Texto consolidado de la Ley 9/2017 consultado el 31 de octubre de 2026 (última actualización publicada en el BOE el 9 de abril de 2026). Esta guía es información general, no asesoramiento jurídico: los umbrales y los plazos pueden cambiar, y en cada licitación mandan el anuncio y los pliegos.
- Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (texto consolidado, BOE) — arts. 65, 69, 71, 74, 75, 77, 87, 96, 99, 107, 118, 131, 140, 150, 156, 157 y 159, disposiciones adicionales 12 y 15 (se abre en una pestaña nueva) — Aptitud, solvencia, clasificación, procedimientos, plazos mínimos y presentación electrónica
- Punto de Acceso General — Aptitud para contratar (se abre en una pestaña nueva) — Capacidad, prohibiciones, solvencia y clasificación
- Punto de Acceso General — Procedimientos de adjudicación (se abre en una pestaña nueva) — Resumen de cada procedimiento
- Punto de Acceso General — Plazo y documentación (se abre en una pestaña nueva) — Plazos mínimos de presentación y declaración responsable
- Punto de Acceso General — Presentación de ofertas (se abre en una pestaña nueva) — Presentación electrónica, sistemas de licitación y firma